Por segundo mes consecutivo la inflación se mantiene al tope de las preocupaciones del comercio posadeño, según el último informe de coyuntura económica elaborado por la CCIP para la ciudad de Posadas, durante el mes de junio la inflación nuevamente encabezó la lista y donde un mayor porcentaje de encuestados coincidieron en colocarla al tope de las preocupaciones de los comerciantes e industriales posadeños.
El aumento de los costos laborales ocupa esta vez el tercer lugar respondiendo a las expectativas por el aumento de sueldos de los mercantiles, aprobados recientemente.
Esta situación ha desplazado a la inseeguridad al cuarto lugar, aun a pesar de los últimos hechos delictivos que afectaron reconocidos comercios de la ciudad y socios de esta cámara, la sensación de inseguridad ha caído al cuarto lugar de preocupación, quizás ayudado por la puesta en funcionamiento del programa integral de seguridad, que incluye las cámaras de seguridad y el sistema de emergencias 911.
Las ventas en cantidades de unidades físicas han tenido durante este último mes un comportamiento dispar, según los rubros que se observen. Han disminuido las cantidades vendidas con respecto al mes anterior para el 33% de los encuestados y principalmente en los sectores de: alimentos y bebidas en supermercados y similares, librería/papelería, materiales de construcción, ferreterías y electricidad, equipamientos industriales y muebles para oficinas, y en las casas de electrodomésticos y artículos del hogar. El 25% de encuestados que manifestó un incremento pertenecen a los rubros: farmacias/perfumerías, bazar y regalos, blanco y manterlería y restaurantes/pizzerías. Sin embargo al realizar la comparativa interanual de junio 2011 respecto a junio de 2010, resulta notoria la diferencia en el comportamiento sectorial de los mismos rubros analizados.
En relación a las expectativas de ventas, ha descendido el optimismo que se observó el mes anterior, dado que para el mes de julio la mayoría de los comerciantes consultados (53%) espera solamente mantener el mismo nivel de cantidades vendidas de junio, un 31% espera aumentar y un 16% cree que disminuirán. En estas expectativas comerciales incide y ha impactado en la performance de junio, la falta de una solución de fondo a la problemática estructural de escasez de combustibles.
En sintonía con la máxima preocupación por los altos niveles de inflación, el 73% de los encuestados acusó subas en los precios de reposición de sus mercaderías de reventa durante el mes de junio con respecto al mes de mayo. A la vez, un 65% espera nuevamente para el mes siguiente, nuevos aumentos de los precios de reposición por parte de sus proveedores.
Un 22% de los encuestados ya otorgó nuevos aumentos de salarios a sus colaboradores. Asimismo, el 93% estima que mantendrá su actual planta de personal durante el mes de julio.
Del 57% que se manifestaron favorables a la realización de inversiones, la mayoría de ellos lo harán en: publicidad, incorporación de maquinarias y tecnología, como así también en la adquisición de mercaderías para stock. El 43% que no tiene planeado realizar inversiones, aduce falta de capital, caídas en las ventas e ingresos, incertidumbre y aumentos en los costos, entre las razones más importantes.
Nuevo acuerdo salarial
Luego del vencimiento ocurrido el pasado 30 de abril de 2011, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) firmaron este jueves un nuevo convenio mercantil para los empleados de comercio.
En el mismo se pacta incrementar en un 30 % las escalas vigentes de las remuneraciones básicas del CCT N° 130 /75, y que serán de aplicación a todas las empresas y/o establecimientos y a todos los trabajadores comprendidos en el mismo.
El mencionado incremento se abonará, no acumulativamente, de acuerdo con el siguiente cronograma:
a) Un 15 % del total acordado, a partir del mes de mayo de 2011.
b) Un 8 % del total acordado, a partir del mes de septiembre de 2011.
c) Un 7 % del total acordado, a partir del mes de diciembre de 2011.
Para la aplicación de este incremento se tomará como base de cálculo las sumas establecidas en las escalas salariales correspondientes para cada categoría, en el valor expresado para el mes de noviembre de 2011.
El incremento acordado se abonará como suma no remunerativa y se liquidará en el recibo de sueldo por rubro separado bajo la denominación “acuerdo colectivo junio 2011”. Mantendrán tal carácter hasta abril de 2012, mes en el que tendrán carácter salarial remunerativo.
El incremento que se otorga por el presente acuerdo, mientras mantenga su condición de no remunerativo, deberá ser tomado en cuenta para el pago de los rubros siguientes: adicionales fijos previstos en el CCT 130/75 (excepto antigüedad), enfermedades inculpables (art.208 y ss LCT), vacaciones anuales devengadas a partir del año 2011, sueldo anual complementario y horas extras.
Respecto al incremento que corresponde aplicar para el mes de mayo de 2011, el mismo podrá ser liquidado y abonado hasta el 30 de junio del corriente inclusive.
Los aumentos de carácter general, sectorial o individual otorgados por los empleadores a partir del 1º de mayo de 2010 y que hubieran sido abonados a cuenta de este acuerdo podrán ser absorbidos o compensados, hasta su concurrencia. Por otro lado, no podrán ser absorbidos todos aquellos otros aumentos que no hayan sido otorgados en este carácter.
Se deberá efectuar un aporte a OSECAC exclusivamente a cargo de los trabajadores mercantiles, de $100 (cien pesos), el que deberá ser retenido del monto a percibir por cada trabajador de la suma no remunerativa, en dos cuotas de $50 (pesos cincuenta) cada una, en los meses de junio y julio.
Las cajeras/os que se desempeñen en empresas de cadenas de supermercados, hipermercados, autoservicios de comestibles y supermercados mayoristas; autoservicios de materiales de construcción que además comercialicen pinturas, herramientas, artículos de ferretería, materiales para electricidad percibirán una suma especial fija anual de $ 3.840 que se abonará en cuotas iguales de liquidación mensual. Esta suma se integrará al denominado “faltante de caja.”
Esta obligación sólo alcanzará a las empresas cuya facturación anual sea mayor a la establecida por la resolución Sepyme 21/2010 para medianas empresas, cuyo monto a la fecha asciende a $ 111.900.000 (ciento once millones de pesos).
Se han fijado plazos para que las empresas puedan adecuar los pagos retroactivos que resulte pertinente realizar.
El presente acuerdo colectivo tendrá vigencia desde el 1º de mayo de 2011 hasta el 30 de abril de 2012.
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