Indemnizarían a soldados caídos el 5 de octubre en el RIMte 29

Indemnizarían a soldados caídos el 5 de octubre en el RIMte 29
El Proyecto presentado por los legisladores nacionales Ricardo Buryaile (UCR) y Juan Carlos Díaz Roig (PJ) para lograr una indemnización “única” a los familiares de los caídos el 5 de octubre de 1975 logró dictamen favorable en ...
dos comisiones y en noviembre el expediente sería tratado en Diputados.A horas de conmemorarse un nuevo aniversario del trágico suceso del 5 de octubre de 1975 en el Regimiento de Infantería Monte 29 de Formosa que le costó la vida a doce miembros del Ejército Argentino, dos policías de la provincia y dos civiles (aparte de los atacantes miembros de Montoneros), en la Cámara de Diputados de la Nación avanza un proyecto de Ley para que las víctimas del salvaje ataque al cuartel cobren una indemnización del Estado Nacional.

El Proyecto que lleva el Nº de Expediente 2738-D-2012 con Trámite Parlamentario 040 fue presentado el 3 de mayo de este año por los diputados nacionales de Formosa Ricardo Buryaile (UCR) y Juan Carlos Díaz Roig (PJ), sin que adhirieran a la firma del mismo documento los restantes diputados formoseños en el Congreso Nacional: Carlos Donkin, Inés Lotto de Vecchietti y Luis Basterra (todos del PJ).

altA diferencia de otro proyecto similar (6951-D-2010) presentado por Ricardo Buryaile en el 2010 y que perdió estado parlamentario al no obtener consenso entre sus pares, esta vez el mismo texto fue presentado sin modificaciones sustanciales aunque logró el apoyo de una importante franja de diputados que le garantizaron su acompañamiento si lograba los dictámenes favorables respectivos. El único legislador formoseño del PJ que acompañó el documento fue Díaz Roig, quien no logró el acompañamiento del resto de los peronistas formoseños.

Esta vez todo indica que el radical logró coordinar apoyos y el Proyecto ya obtuvo el dictamen favorable de las Comisiones de Legislación General y Defensa Nacional, restando únicamente el de Presupuesto y Hacienda para que pueda ser tratado en el recinto y –en caso de ser aprobado- pasar a la Cámara de Senadores para que se convierta en Ley.

En diálogo con El Comercial, fuentes parlamentarias consultadas explicaron que “la aprobación de (la Comisión) Presupuesto puede darse una vez que se apruebe el Presupuesto Nacional, aunque si ya obtuvo dictamen favorable de dos de tres comisiones, significa que incluso este año el proyecto puede ser convertido en Ley”.

Los puntos del proyecto

El libro Operación Primicia escrito por el periodista del diario Perfil Ceferino Reato aparecido hace dos años puso en evidencia que la mayoría de los guerrilleros muertos en el ataque al Regimiento de Infantería de Monte 29 el 5 de octubre de 1975 durante el gobierno constitucional de Isabel Perón figuran en el Monumento a las Víctimas del Terrorismo de Estado. Mientras varios de los guerrilleros muertos en la refriega fueron calificados como “víctimas del Estado” y sus familiares percibieron grandes sumas de dinero, los familiares de los héroes formoseños perciben una pensión mínima.

El Proyecto de Ricardo Buryaile y Juan Carlos Díaz Roig, contempla como primer punto otorgar “por única vez un beneficio extraordinario a quienes fallecieran como consecuencia del ataque al Regimiento de Infantería de Monte N°29 “Coronel Ignacio Warnes” ocurrido en la Provincia de Formosa, el día 5 de octubre de 1975, en vigencia de un gobierno democrático; cuyos nombres son: Subteniente Ricardo Massaferro; Sargento Víctor Sanabria; Soldado Antonio Arrieta, Soldado Heriberto Avalos, Soldado José Coronel, Soldado Dante Salvatierra, Soldado Ismael Sánchez, Soldado Tomás Sánchez, Soldado Edmundo Roberto Sosa, Soldado Marcelino Torales, Soldado Alberto Villalba, Soldado Hermindo Luna, Policía Provincial Pedro Alegre, Policía Provincial Felipe Santiago Ibáñez, Celso Pérez (civil) y Mamerto Cáceres (civil)”.

Según el documento, las personas mencionadas tendrán derecho a percibir, “por medio de sus derechohabientes, en la proporción y escala establecida para los herederos por el Código Civil, un beneficio extraordinario equivalente a la remuneración mensual de los agentes Nivel A del escalafón para el personal civil de la administración pública nacional aprobado por el decreto 993/91, por el coeficiente 100”.

En los casos en que se hubiere reconocido indemnización por daños y perjuicios por medio de resolución judicial, o se hubiere otorgado alguna otra forma de reconocimiento pecuniario, los beneficiarios sólo podrán percibir la diferencia entre lo establecido por la presente ley y los importes efectivamente cobrados, se especifica, para terminar detallando que “la solicitud del beneficio se hará ante el Ministerio del Interior, que será la autoridad de aplicación”.

Comentá la nota