El titular del ICAA, Mario Rujana reiteró que las tareas de refulado en inmediaciones del Puente Interprovincial contradicen disposiciones nacionales vigentes y que los organismos involucrados en la tarea continúan sin responder pedidos de informes por el tema.
Ni hablar del impacto ambiental al sistema ictícola que se queda con menos margen de navegación en el canal y daña seriamente la huella de los peces que buscan su naturaleza río arriba.
Una draga de Vías Navegables trabaja, a pedido municipal, para dejar a pleno las condiciones de la playa Arazaty, donde se asienta un sector de las estructuras del Puente General Manuel Belgrano que unes las ciudades de Corrientes y Resistencia.
“El objetivo es crear playa debajo del agua, ampliando así el espacio ya existente, se informó oficialmente.
Se dijo en su momento que “el trabajo más complejo sería desde el Puente hacia la zona de Islas Malvinas, donde los trabajos demandarán la construcción de una playa nueva”.
Según explica Rujana es el segundo verano que los equipos técnicos de la Comuna no contestan pedidos de informes sobre las tareas de remoción de arena.
Rujana informa que normas de la propia Dirección Nacional de Puertos y Vías Navegables prohíben expresamente prácticas de refulado a dos mil metros aguas arriba y abajo de oleoductos, gasoductos puentes, etc.
"No se ha pedido autorización al ICAA para las tareas de refulado " reiteró Rujana.
Rujana recordó que el Icaa ha enviado también notas por el mismo motivo a Vialidad Nacional y a Prefectura, que tiene a su cargo el contralor de los barcos, pero que no han obtenido respuestas.
"Nadie responde" aseguró Rujana . "Ojala no ocurra nada. Todos sabemos que las playas son buenas para el esparcimiento, pero también es bueno que se cumplan con las normativas vigentes".
El temor es que el refulado comprometa las bases del paso interprovincial sobre el río Paraná, según han advertido ingenieros.
Paralelamente el ICAA informó a los organismos nacionales con competencia en la zona, acerca de la irregularidad de la situación, destacándose que por cuestiones netamente técnicas y de seguridad entre las condiciones exigidas en la Declaratoria Nacional de la Dirección Nacional de Vías Navegables, se indica que “las extracciones no podrán realizarse a menos de cincuenta(50) metros de la costa, a efectos de que no se produzcan degradaciones en las riberas y además deberá guardarse una distancia mínima de doscientos (200) metros al canal de navegación".
Asimismo, las extracciones no podrán realizarse a menos de dos (2) kilómetros aguas arriba y/o aguas debajo de las obras de cruce que se intersecten con la vía en cuestión.
Así también el organismo provincial solicitó “se indique en el marco de qué normativa y/o acuerdo y/o autorización se encuentran realizando la extracción de arena del río Paraná que son de jurisdicción de la provincia de Corrientes y sometidas al régimen del Decreto Ley Nº 212/01 que inviste al ICAA de la calidad de autoridad minera”.
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