Gremialistas locales fueron sobreseídos por cortar la ruta

La Justicia Federal de Azul sobreseyó a Miguel Arena, Claudio Díaz, Omar René Varela y José Stuppia de la causa que se les había iniciado “en orden al delito de haber entorpecido el normal funcionamiento de los transportes por tierra (artículo 194 del Código Penal) que se les imputara”.
De esta manera se cierra definitivamente el capítulo de los sucesos de octubre de 2008, cuando el sindicato de trabajadores municipales (STMO) hizo un reclamo laboral y legal a la altura de la cabina de peaje de la ruta 2226.

Miguel Arena se había encontrado implicado en una causa por el corte de rutas.

Miguel Arena se había encontrado implicado en una causa por el corte de rutas.

El fallo del juez, Juan José Comparato, fechado el 3 de marzo de este año, establece entre otras cosas que “no es posible establecer en abstracto orden jerárquico alguno del derecho de reunión por sobre el de igual rango constitucional de transitar libremente, siendo ambos de carácter público. Es menester, en cambio, una decisión de la autoridad que regule su coexistencia tomando en cuenta motivos de policía”.

Los hechos que se narran ocurrieron el 28 de octubre de 2008 en el kilómetro 276 de la Ruta 226, “más precisamente en la Estación de Peaje de la firma Rutas del Sur SA”, dice el dictamen.

Añade además que en el lugar “se interrumpió el tránsito” durante más de una hora, aproximadamente, “ante la manifestación de los sindicatos municipales de Olavarría y ciudades vecinas como Azul, Ayacucho y Las Flores, entre otras”. En este caso, Miguel Arena acompañó solidariamente el reclamo como titular de la CGT y no como parte de este gremio, quien además negó que se haya producido ese día un corte de ruta como se lo había tipificado al suceso.

Comentá la nota