La Superintendencia de Seguros publicó hoy en el Boletín Oficial la polémica medida anticipada por El Cronista. Acceda al texto completo de la norma.
Tal como adelantara El Cronista en su edición del viernes, el Gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial la resolución por la cual se le impide a las aseguradoras cubrirse con firmas del exterior que no tengan inversión en el país.
La Resolución 36.615/2011 aparecida hoy señala que las compañías de seguros podrán operar exclusivamente con:
e) Las sucursales que se establezcan en la República Argentina de entidades de reaseguro
extranjeras.
f) Las sociedades anónimas, cooperativas y mutualidades nacionales, las sucursales de sociedades
extranjeras, y los organismos y entes oficiales o mixtos, nacionales, provinciales o municipales,
que se hallen autorizados para la práctica del seguro directo en la República Argentina, en los
mismos ramos a los cuales corresponda aquella autorización.
La medida, resistida por las cámaras empresariales locales, apuntaría a a generar un mercado nacional de reaseguros e impedir maniobras de lavado de dinero, según habían manifestado en la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN).
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