Cristina Kirchner firmó un decreto, publicado en el Boletín Oficial, que establece las fechas de los 15 días feriados. Incluye las dos jornadas por el Carnaval. El 25 de marzo y el 9 de diciembre también serán feriados para fomentar la actividad turística. El Gobierno había enviado al Congreso un proyecto para reorganizar las fechas
Según lo que establece el decreto presidencial, los feriados nacionales el año que viene serán:
* 1º de enero: Año Nuevo
*Lunes y Martes de Carnaval.
*24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
*Viernes Santo
*2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
*1º de mayo: Día del Trabajo.
*25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
*20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General D. Manuel Belgrano.
*9 de julio: Día de la Independencia.
*17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General D. José de San Martín.
*12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
*20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
*8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
*25 de diciembre: Navidad
Además, se declaró día no laborable el Jueves Santo, los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), DOS (2) días, el Día del Perdón (lom Kipur), UN (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los DOS (2) primeros días y los DOS (2) últimos días. También para los que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

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