El Gobierno del Chaco presentó el proyecto para habilitar el voto joven

El Gobierno del Chaco presentó el proyecto para habilitar el voto joven
El poder Ejecutivo elevó a la Legislatura Chaqueña dos iniciativas de ley para incorporar como electores a los jóvenes a partir de los 16 años: una propone la enmienda del artículo 90 de la Constitución del Chaco; la otra busca modificar la ley Electoral provincial y la de Primarias.

Tal como lo adelantara el gobernador del Chaco, Jorge Capitanich, durante su mensaje en la apertura de las sesiones ordinarias de la Cámara de Diputados, el gobierno del Chaco elevó a la Legislatura dos proyectos de ley para que los jóvenes con dieciséis años cumplidos puedan votar en las próximas elecciones para cargos provinciales. Así, el Chaco se sumaría a las provincias que ya adhirieron a la norma sancionada en el Congreso Nacional en base a una iniciativa de la senadora chaqueña del Frente para la Victoria, Elena Corregido y su par Aníbal Fernández.

Ambos proyectos de ley fueron presentados el 28 de febrero último: en el Nº 215, se propone la enmienda del artículo 90 de la Constitución Provincial para considerar “electores” a los ciudadanos mayores de dieciséis años, inscriptos en el Registro Cívico de la Nación y domiciliados en la provincia.

En el proyecto de ley Nº 216, se propone también modificar el artículo 1 de la Ley Electoral Provincial (4.169) e incorporar como electores para las elecciones provinciales y municipales a “los ciudadanos de ambos sexos, nativos y por opción, desde los dieciséis años de edad”. Asimismo, se impulsa modificar el artículo 6º de la ley de Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) del Chaco (7.141) y permitir también que los jóvenes chaqueños voten en las PASO para cargos provinciales.

Los fundamentos

“Es importante resaltar que a través de la presente iniciativa parlamentaria se pretende lograr el reconocimiento de los derechos políticos que en la actualidad han sido concedidos a nuestros jóvenes argentinos para elegir a sus representantes a nivel nacional mediante el dictado de la Ley Nº 26.774 que modifica nuestro Código Electoral Nacional, y que requiere para que su ejercicio sea pleno, ser plasmado en las normas provinciales que regulan el derecho electoral y político de las provincias, y en nuestro caso particular, además de requerirse la reforma a las Leyes Nº 4169 y Nº 7.141, -cuyo proyecto es presentado en forma simultánea a la presente iniciativa parlamentaria-, conlleva la necesidad de llevar a cabo la enmienda constitucional que se propicia”, señala entre sus fundamentos la iniciativa del Ejecutivo.

Asimismo, plantea que “es importante resaltar que los derechos políticos y civiles se caracterizan por ser de los más igualitarios y por ello no puede nuestra constitución provincial privar de derechos a aquellos ciudadanos que mediante normas nacionales pueden gozar de los mismos”.

“Resulta imperativo guardar congruencia entre el hecho político de que los jóvenes argentinos de nuestra provincia puedan elegir a aquellos gobernantes que representarán al pueblo y a la Provincia del Chaco en el Congreso de la Nación, y a sus representantes locales; quienes generalmente son decisores más próximos en aquellas cuestiones que involucran aspectos significativos de sus vidas”, subrayan.

“Sujetos plenos de derechos”

Otro de los fundamentos esgrimidos por el Ejecutivo es la doctrina de Protección Integral de los Derechos de los Niños y el nuevo paradigma desde el cual se percibe a la niñez, la adolescencia y la juventud, al cual la provincia del Chaco adhirió a través de la ley Nº 7162. Así, consignan que “resulta atendible ofrecerles la oportunidad de votar con un propósito formativo; permitirles adquirir la experiencia relevante para ser un miembro pleno de la comunidad política haciendo una de las cosas que hacen los otros miembros plenos, que es votar. Y desde esta perspectiva, cuando los niños adquieren derechos aprenden a sopesar las responsabilidades y consecuencias de sus actos, y que están vinculados al ejercicio de sus derechos”.

“Es dable destacar que los jóvenes van internalizando el ejercicio de la política y de la democracia de manera progresiva, en función de su compromiso, de su práctica y su militancia”, puntualiza el gobierno del Chaco.

Asimismo, desde el Ejecutivo reconocen que “existe por parte de los jóvenes una demanda cada vez mayor de participación formal en niveles locales, comunales, municipales y, por parte de los adolescentes, en los diferentes ámbitos en los que interrelacionan (educativos, culturales, sociales). Por ello, no podemos negar ni desconocer la participación política que en la actualidad vienen desplegando los jóvenes de todo nuestro país, que trabajan, militan, estudian, opinan; el nivel de información y conocimiento político que esta franja etaria ha desarrollado en la actualidad; sus ansias de expresarse y ser partícipes de la discusión pública, lo que se ve reflejado de tan diversas maneras a través de las redes sociales y la informática, entre otros medios”.

En otras provincias

Son varias las provincias que ya han reformado sus normas electorales provinciales a fin de ajustarlas al nuevo Código Electoral Nacional en materia de voto joven. Así, Buenos Aires, Formosa, La Rioja, Misiones, Neuquén, San Juan, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Tucumán y Jujuy. Estas dos últimas además de modificar sus leyes electorales provinciales, también aplican el Código Electoral Nacional; al igual que las provincias de Chubut, Corrientes, La Pampa, San Luis, Santa Cruz y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que se rigen por la norma nacional. En tanto las provincias de Entre Ríos y Salta ya tienen media sanción legislativa.

Otras iniciativas con estado parlamentario

Vale recordar que en el mes de septiembre de 2012, el bloque legislativo del Frente Grande, a través de los diputados Fabricio Bolatti y Daniel Trabalón, presentó los proyectos Nº 2998 y 2999, con el mismo objetivo de permitir que los jóvenes chaqueños voten a partir de los 16 años, y que ambas iniciativas cuentan con estado parlamentario. Ahora, se suman los dos proyectos de ley y la voluntad política del poder Ejecutivo que deberá convencer a los 32 legisladores para aprobar la enmienda de la Constitución Provincial que requiere de unanimidad.

Comentá la nota