Giro conservador: Imponen fuertes límites a la ley del aborto en España

Giro conservador: Imponen fuertes límites a la ley del aborto en España
Es una resolución del gobierno, que recorta la norma actual y debe ser ratificada por el Congreso de mayoría oficialista. La interrupción del embarazo vuelve a ser un delito. Repudio de feministas.
El aborto ya no será “cosa suya”, el viejo grito de la reivindicación feminista.

El aborto volverá a ser un delito en España luego de que el Consejo de Ministros aprobara ayer un nuevo proyecto de ley que seguramente sancionará la mayoría absoluta del Partido Popular (PP) en el Parlamento.

Este drástico cambio impuesto por el gobierno conservador de Mariano Rajoy –el mayor en la era democrática– sustituye al sistema actual de plazos, aprobado por los socialistas en 2010, que consagra el aborto como un derecho libre de la mujer durante las primeras 14 semanas de embarazo, y lo reemplaza por un sistema de supuestos mucho más limitados.

Con la nueva norma, la interrupción del embarazo sólo será posible por malformación del feto y en casos de violación. Tendrá que ser autorizada en ciertas condiciones como un informe suscripto por dos médicos “que la motive adecuadamente” y se practique en centros reconocidos. Hasta ahora, el aborto no es un delito. La despenalización tuvo lugar en 1985 y fue impulsada por el gobierno socialista de Felipe González para los supuestos de violación (hasta 12 semanas), riesgo de malformaciones en el feto (hasta 22) y riesgo para la salud física y mental de la madre (sin límite). La nueva ley establece que la interrupción del embarazo es un delito regulado porque se producen unos 120.000 abortos al año. Las regulaciones aprobadas por los socialistas en 2010, a través de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva, contó con la aprobación de la mayoría de los españoles en los sondeos y establece “el derecho a la maternidad libremente decidida por la mujer”, que no tiene que invocar ningún motivo para abortar.

Criticando esos criterios, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, proclamó: “La vida del concebido encarna un bien jurídico que el Estado está obligado a proteger”. Según Gallardón, los socialistas rompieron “unilateralmente” esa doctrina al promover en 2010 una reforma que no respetaba los derechos del concebido. El proyecto, que debe ser debatido y aprobado por el Parlamento en los próximos meses, se llamará Ley Orgánica de Protección de la Vida del Concebido y de los Derechos de la Mujer Embarazada.

Solo se permitirá la interrupción del embarazo en dos supuestos: grave peligro para la salud física o psíquica de la mujer o en caso de violación. Se podrá realizar el aborto hasta la 22° semana de gestación.

Para alegar el supuesto de riesgo para su salud, la mujer tendrá que contar, ha dicho el ministro, con “un informe motivado, emitido con anterioridad, por dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología” que le genera ese grave peligro. Estos profesionales deberán ser distintos de aquellos que practicarán la intervención médica y no podrán trabajar en el centro médico donde se vaya a realizar. Gallardón precisó que, en caso de urgencia –es decir, si hay peligro vital para la mujer– no será necesario el informe. Actualmente, tras la semana 14 de plazo libre, la mujer puede abortar si hay riesgo para su salud (lo que incluye la psicológica) y para ello necesita el dictamen de un médico.

La malformación tiene que ser “incompatible con la vida” y deben diagnosticarla dos médicos. El riesgo debe suponer “un menoscabo duradero” de su salud. Las críticas feministas y de la izquierda señalan que la legislación elimina el supuesto de malformación fetal.

La ley de 1985, la inmediatamente anterior a la de 2010, permitía sin embargo también el aborto por malformaciones fetales, algo que el ministro de Justicia del gobierno conservador dejó afuera de la futura norma.

“No hay embriones de primera o de segunda, como no hay en nuestra legislación personas de primera o de segunda”, dijo el funcionario. En casos de malformación del feto, la única opción que tendrá la mujer para abortar será demostrar que llevar el embarazo a término supondría un riesgo para su salud psíquica, acogiéndose así a uno de los dos supuestos contemplados. Además del informe médico en el que se acredite ese riesgo para ella, necesitará aportar otro que certifique que el feto sufre anomalías “incompatibles con la vida”. Este punto no solo es tema de polémica en la sociedad española, sino que también generó divisiones en el seno del propio gobierno y del oficialista Partido Popular, según reflejó la prensa española mientras Gallardón preparaba el texto. La publicidad de clínicas de abortos queda estrictamente prohibida. Además, las jóvenes de 16 y 17 años tendrán que contar con la autorización de sus padres para interrumpir su embarazo y no como ahora, que podían ejercer sin tutelas el derecho al aborto libre. El ministro de Justicia, para justificar los cambios propuestos en la legislación, sostuvo que “la ley libera a la mujer de sufrir cualquier reproche penal”.

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