Tras diferentes gestiones llevadas a cabo por el diputado Provincial, Jorge Jesús Cravero, por la reglamentación de la Ley 14.196 que prevé el pago del premio jubilatorio para aquellos agentes comprendidos por el período de emergencia administrativa, económica y financiera del Estado Provincial, se restituyó el beneficio a través del Decreto 683/11.
Los beneficiarios son quienes hayan adquirido el derecho jubilatorio como personal dependiente de la Administración Pública, de Dirección de Vialidad, Obras Sanitarias, docentes y de organismos artísticos y técnicos dependientes de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires (Teatro Argentino de La Plata, Comedia de la Provincia, Teatro Auditórium y Roberto Payró de Mar del Plata, Ballet del Sur y Orquesta Sinfónica Provincial de Bahía Blanca), entre abril de 2002 y junio de 2005, período de vigencia de la Ley 12.867, que suspendió las retribuciones especiales.
Cravero presentó en 2008 un Proyecto de Ley para el restablecimiento del beneficio, y en el transcurso de este año solicitó, a través de la presentación de un Proyecto de Declaración en la Cámara de Diputados de la Provincia, la reglamentación de la ley sancionada a fines del año pasado.
La liquidación del beneficio será realizada y abonada por el Instituto de Previsión Social dentro de los 45 días a petición del interesado y se tomará el último recibo de sueldo básico más antigüedad al momento del cese de actividad, sin ningún tipo de descuento.
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