La Dirección de Comercio INterior y Exterior provincial aplicó una multa de 70 mil pesos a Claro.
El ar‘tioculo 1º dice: “aplíquese a la firma comercial AMX Argentina S.A. (Claro) con domicilio constituido en calle Hilario Lagos 70 de Santa Rosa, La Pampa, por incumplimiento a los artículos 3 y 23 de la ley 24240, sanción de multa de $ 70.000,00, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente disposición.
La 24.240 es la ley de Defensa del Consumidor.
El artículo 3 dice: “Interpretación. Las disposiciones de esta ley se integran con las normas generales y especiales aplicables a las relaciones jurídicas antes definidas, en particular las de Defensa de la Competencia y de Lealtad Comercial. En caso de duda, se estará siempre a la interpretación más favorable para el consumidor”.
En tanto el artículo 23 expresa: “Deficiencias en la prestación del servicio. Salvo previsión expresa y por escrito en contrario, si dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha en que concluyó el servicio se evidenciaren deficiencias o defectos en el trabajo realizado, el prestador del servicio estará obligado a corregir todas las deficiencias o defectos o a reformar o a reemplazar los materiales y productos utilizados sin costo adicional de ningún tipo para el consumidor.”.
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