Los comerciantes de la zona céntrica que van a trabajar en auto se mostraron a favor de una ordenanza que los deje exentos de pagar el estacionamiento medidos aunque no fueron optimistas a la hora de su implementación.
La zona que abarca el Estacionamiento Medido está comprendida por la avenida Colón y las calles Buenos Aires, 25 de Mayo y España. Durante la temporada estival (del 16 de diciembre al 15 de marzo) se paga lunes a sábado de 8 a 23, mientras que en invierno (del 16 de marzo al 15 de diciembre) es de lunes a sábado de 8 a 20. Domingos, feriados y asuetos hay libre estacionamiento y la hora cuesta $6.
Ante esto, la concejal Vilma Baragiola escuchó el reclamo de frentistas y comerciantes que se encuentran dentro de la zona de Estacionamiento Medido estipulado en la Ordenanza 20829 y propuso crear un registro para que los frentistas y comerciantes puedan anotarse y de esa forma no abonar el estacionamiento medido.
"Cada vez que veo a uno de los (agentes) de Tránsito salgo y le pongo una hora, aunque aclaro que no vengo siempre en auto porque es un presupuesto para estacionar", contó Marcela, propietaria de un lavadero de ropa ubicado en Córdoba al 2100.
Si bien el límite para no pagar estacionamiento lo tiene a una cuadra, ya que pasando la avenida Colón es libre, dijo que "es imposible conseguir lugar en esa zona".
Sobre el proyecto de ordenanza presentado por Vilma Baragiola, opinó que "es bueno, pero no creo que lo aprueben, aunque estaría bien. Me da bronca que sólo controlen las tarjetas de estacionamiento, porque acá es muy común la doble fila pero no los multan".
Estacionar lejos
Leonora trabaja en una librería sobre la Diagonal Pueyrredon y lo hace en auto, aunque debe dejar el vehículo estacionado fuera del área comprendida por el Estacionamiento Medido debido al costo que le insume.
"Lo dejó a 10 o 15 cuadras -contó- donde encuentro lugar, porque sino dejarlo en la zona me sale más caro que venir todos los días en remise. Y la verdad que el sueldo no da para eso".
Asimismo, se quejó "por la pérdida de tiempo" que le genera la búsqueda de lugar para estacionar sin pagar la tarjeta.
Fabián, de una vinería sita en Córdoba al 2000, consideró que el costo de la hora para estacionar es "caro, a fin de mes todo suma, pero no me queda otra", ya que buscar espacio en la zona libre "me demanda una pérdida de tiempo". Entonces, opta por la tarjeta todos los días.
Aunque se mostró a favor del registro de inscripción para no pagar, consideró como "difícil" que se vote positivamente esa ordenanza.
Caro y desmedido
Por su parte, Federico que desde hace 8 años trabaja en una casa de ropa ubicada en Rivadavia al 2800 se quejó porque "estacionar es un presupuesto y dejarlo fuera del área del Estacionamiento Medido es ponerlo en las manos de Dios".
Aunque se mostró "completamente a favor" del proyecto presentado por la edil radical, no fue optimista a la hora de su implementación: "No creo que se apruebe ni que se implemente, pero hay que reconocer que es bueno".
"El tránsito en Mar del Plata es un desastre -describió- pero no controlan nada, sólo hacen multas a quienes tienen vencida la tarjeta del estacionamiento porque después hacen lo que quieren, empezando por dejar el auto en doble fila".
Diego, del maxikiosco ubicado enfrente, se quejó porque "ya no puedo venir en auto, lo hago en colectivo porque se me iba mucha plata por mes". Además, también se mostró molesto porque "en una época lo dejaba en la loma de Santa Cecilia, pero ahora ya no hay nadie y tampoco es segura la zona".
Características del proyecto
De aprobarse el proyecto los frentistas y comerciantes de la zona contemplada en la Ordenanza 20829 en su artículo 2º deberán anotarse en el registro municipal para poder estacionar de forma gratuita en la zona mencionada.
Para ser incluido en el registro se solicitará: número de cuenta de la Tasa Municipal; original y fotocopia de título de propiedad, documento de identidad del titular de la propiedad inmueble, documento de identidad del titular del vehículo y cédula verde del vehículo; en caso de ser inquilino: original y fotocopia del contrato de alquiler; presentación de recibos de sueldo del comercio que se encuentra dentro la zona contemplada en la Ordenanza 20.829 en su Artículo 2º.

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