La entidad departamental sugirió un aumento de 27 a 30%, pero el intendente Llaryora decidió aplicar otro criterio.
En la última reunión del ente que agrupa a municipios y comunas de este departamento se estableció la instrumentación conjunta de una suba tributaria del 30% en la contribución que incide sobre Servicios a la Propiedad.
Sin embargo, para la administración que encabeza Martín Llaryora la aplicación de ese tipo de incrementos a partir de la fijación de determinados porcentajes genera que los ingresos propios sufran un desfasaje ante la variación constante de los costos.
Es así que ante la inminencia del envío al Concejo Deliberante del presupuesto y las ordenanzas Tributaria y Tarifaria se ratificó la aplicación de un índice de actualización que a criterio de las autoridades sanfrancisqueñas permite salvaguardar los ingresos.
Extraoficialmente se conoció que no habrá grandes variaciones en la política tributaria que se viene aplicando desde que asumiera como jefe comunal Llaryora, a fines de 2007.
La suba general de las tasas y contribuciones municipales en las localidades de la Comunidad de San Justo fue fijada entre el 27 y 30 por ciento, teniendo en cuenta la variación de la inflación. Además, los municipios acordaron que dichos porcentajes fijen la pauta de actualización de los salarios del personal municipal para 2014.
Vale recordar que desde 2012 está vigente en San Francisco una fórmula que permite actualizar automáticamente las tasas municipales sin que participe el Concejo Deliberante, tomando como referencia las variaciones de los salarios de los empleados municipales, el costo del servicio de recolección de residuos y el índice de precios de la construcción del Indec.
Por otra parte, no habría modificaciones en la aplicación de la sobretasa que se aplica sobre todas las imposiciones municipales en concepto de Fondo para Obras y Servicios Públicos (Fosp).
Una discusión pendiente en materia tributaria en el este cordobés es el criterio más adecuado para establecer la forma de cálculo de la Tasa de Inmuebles, que es el principal tributo que recaudan las localidades de la región.
La política tributaria que se aplica en San Francisco se basa en que los ingresos por coparticipación no son significativos, quedando un alto porcentaje del presupuesto cubierto por los ingresos propios. Como la Tasa de Automotores se rige por la tabla de Accara y la que incide sobre el Comercio y la Industria está ligada a la facturación del contribuyente, la Contribución sobre Inmuebles se transforma en la principal fuente de recursos para el municipio.
Uno de los puntos que distancia a San Francisco del resto de los municipios de San Justo es el criterio que se aplica para fijar la Tasa de Inmuebles, ya que en las poblaciones más pequeñas la misma se calcula por el valor del metro lineal de frente de las propiedades, en tanto que en la cabecera departamental se toman una serie de parámetros como la superficie cubierta, antigüedad y ubicación de la propiedad buscando que haya una mayor equidad en el precio del tributo.

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