El HCD formalizó esta mañana un pedido de informes al Ejecutivo por haberse detectado mercaderías robadas y tanques con sustancias contaminantes en el predio del Parque Industrial

Por iniciativa del presidente del Cuerpo Legislativo Comunal, Mario Sahagún, se presentó un pedido de informes al Ejecutivo comunal referido al Parque Industrial de Quilmes, luego que un medio local denunciara que allí se almacenan gran cantidad de tanques conteniendo 'material altamente contaminante'. El pedido solicitado pretende también conocer sobre mercaderías robadas que aparecieron en los últimos días en el predio ubicado en Bernal Oeste. El proyecto fue avalado por todos los bloques opositores, y ahora el gobierno de Francisco Gutiérrez deberá responder en un plazo no mayor de 5 días.
El pedido de informes elaborado por el HCD, tal como lo adelantara en forma exclusiva Radio Quilmes (FM-98.9), durante la emisión del programa 'Microfono Abierto' en la mañana de hoy, cuenta con un amplio detalle de los hechos ultimamente denunciados por el diario 'Perspectiva Sur', en el que quedó al descubierto que una gran cantiodad de tanques con sustancias contaminantes permanecen almacenados en el predio propiedad del Parque Industrial, ubicado en la zona de Bernal Oeste.

Lo cierto es que a partir de la presentación realizada esta mañana por el Legislativo comunal, el Departamento Ejecutivo contará con 5 días de plazo para responder sobre esta y otras situaciónes anormales que están dentro de la órbita de Parque Industrial. En caso que el gobierno no responda, el HCD podría citar formalmente al funcionario que el gobierno designe para ser consultado en el ámbito del Recinto Legislativo.

El proyecto presentado a través del Expediente número R-2-20470, lleva las firmas del presidente del Cuerpo, Mario Sahagún (ARI-ACyS), y fue acompañado por los ediles Roberto Gaudio (PJ-MPA), Eduardo Sánchez (ARI-CC), Fernando Pérez (UCR), Graciela Magnani (GEN), José Casazza (Confederación Peronista), y José Maria Salustio (Unión-PRO) en su condición de jefes de los respectivos bloques, así como por todos los ediles que los integran.

TEXTO DEL PEDIDO DE INFORMES PRESENTADO AL D.E:

Un verdadero coloso funcionando 'de hecho' y sin controles reales, creció durante estos últimos años, siendo a la fecha, según la propia información que la Unión Industrial hace pública, sede de 58 firmas.

Dentro de la información que se brinda respecto de ellas, hallamos rubros con un evidente compromiso ambiental en su desarrollo. Hoy, según los datos que la propia Unión Industrial publica, existen allí 21 empresas metalúrgicas de las cuales 5 corresponden a tareas de fundición de metales.

Hay 9 industrias dedicadas a rubros con compromiso de utilización de sustancia altamente tóxicas, tales son las químicas, textiles y la extremadamente peligrosa industria del caucho. Hay fabricación de cristales, cajas de cartón, cosmética, baldosas y embotellado de gaseosas. Actividades todas éstas que hacen necesario el uso de sustancias que alteran, de no estar debidamente normalizadas, el equilibrio ambiental.

Se cierra ese escenario con 7 firmas abocadas al rubro 'depósito y logística', tierra fértil para la acumulación de mercaderías cuya procedencia, mantenimiento y eventual aislamiento si fuera necesario, debe estar estrictamente monitoreada.

Fundamentos

De los registros documentales obrantes en éste Honorable Concejo Deliberante, surge en la materia, la existencia de una norma sancionada a partir del expediente municipal 4091-1334-U-98, base de la Ordenanza que lleva el número 8512/99, y las modificaciones a posteriori sancionadas bajo las normas 8543/99, 8544/99, 8702/00 y 9403/2002'.

'Dentro de ellas, queda claramente especificada la prohibición de radicación dentro del predio, de industrias que excedan hasta la 3ra. categoría inclusive, y taxativamente dispuesto, que las empresas deben respetar la normativa dispuestas en los instrumentos legislativos a saber: Ley provincial 11.459 y sus modificatorias; Ley Provincial 11723, Ley provincial 5.965 y su Decreto Reglamentario; Ley provincial 11720 y Decreto Reglamentario 806/97; Ley Nacional 19587, Decreto 351/79. A ello es obvio, debe sumársele las actualizaciones normativas posteriores a esas sanciones.

según la normativa vigente, pesa sobre las empresas a instalarse, la obligatoriedad de construir una planta de tratamiento de líquidos cloacales; ni la exigencia, sobre las tipificadas en las categorías indicadas en los incisos b) y c) del artículo 15 de la Ley 11.459, acerca del tratamiento de los residuos sólidos y efluentes líquidos y/o gaseosos que pudieran generarse en el marco de sus procesos industriales, debiendo incluso, comprometer plazos de ejecución de obra.

PARQUE Y EMPRESAS SIN TRIBUTAR

En el artículo 21 de la norma municipal citada, queda también establecida la obligatoriedad del pago de Tasas por parte de los titulares de dominio y/o consorcio de empresas a instalarse; al tiempo que supedita la tributación individual, a la finalización de los correspondientes trámites en la Dirección de Geodesia de la provincia de Buenos Aires, hasta lo que hoy sabemos, sin concluir.

SITUACIÓN ACTUAL

Sin perjuicio de las suposiciones que puedan hacerse acerca de las actividades que se llevan adelante en dicho predio, existen documentos fotográficos publicados en medios locales recientemente, que dan cuenta de la acumulación a cielo abierto, de mercaderías hoy tipificadas como 'desechos tecnológicos'.

Un solo equipo de computación en desuso, es un conglomerado que contiene Arsénico, Plomo, Trióxido de Antimonio, Cadmio, Cromo, Cobalto y Mercurio. Sustancias todas, directamente relacionadas con enfermedades tales como cánceres en todas sus manifestaciones, insuficiencias funcionales de los diferentes órganos del cuerpo; nacimiento con discapacidades y alteraciones en la esterilidad tanto femenina como masculina, amen de importantes grados de abortos espontáneos; y contaminación de la tierra y el agua.

DENUNCIAN UN POSIBLE 'CHERNOBYL' QUILMEÑO

Todo lo dicho solo a modo de ejemplo, ya que las mismas publicaciones han dado cuenta de la presencia de tanques de acumulación de sustancias altamente peligrosas, y la existencia de baterías y restos de celulares en desuso; lo que de probarse, configuraría ya la existencia de un verdadero 'Chernobyl local'.

Dos depósitos radicados dentro del predio, fueron allanados, encontrándose dentro de ellos, mercadería robada en dos hechos ilícitos cometidos en Florencio Varela y la zona norte de ruta Panamericana.

GARDELLA: INDUSTRIAL Y FUNCIONARIO

Que todo lo dicho resulta un 'combo' ya naturalmente confuso, del que no puede separarse tampoco el dato sobre el cargo municipal que ocupa en la actual administración municipal el señor Guillermo Gardella, presidente de la Unión Industrial de Quilmes, es decir, la entidad propietaria del macizo en cuestión. Tampoco, que casi el 50 por ciento de las empresas radicadas están vinculadas a la actividad metalúrgica, cuyos aportes gremiales van a las arcas de la Unión Obrera Metalúrgica, conducida nada menos que por el propio intendente.

LA PARTE RESOLUTIVA DEL PEDIDO DE INFORMES INDICA:

-Indicará el Departamento Ejecutivo, estado actual de las tramitaciones con las instancias provinciales respecto de la habilitación definitiva del predio delimitado al norte por la calle Lynch; oeste por la avenida Juan Domingo Perón; al sur calle Cabo Sessa; y al este por Camino General Belgrano.

-Indicará cual es la nómina de industrias que el municipio registra como radicadas dentro del predio, actividad de cada una de ellas, categoría que revisten.

-Indicará que cantidad de depósitos registrados como tales figuran inscriptos, especificando si alguno de ellos, se encuentra especialmente acondicionado con los resguardos necesarios para la acumulación de materiales inflamables, tóxicos y/o patogénicos.

-Indicará qué controles se han ejercido desde la secretaría de Medio Ambiente, en relación al cumplimiento de las disposiciones emanadas de las leyes provinciales actualmente vigentes en materia de custodia ambiental, asi como de las normas municipales vigentes en igual sentido, para cada una de las firmas allí radicadas.

-Indicará que controles se han ejercido por parte del estado municipal, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza 8521/99 y sus modificatorias, respecto a lo establecido por el art.6 de la citada norma, en tanto obliga a llevar adelante el control minucioso de la construcción de las plantas de tratamiento de líquidos cloacales que corresponden a cada emprendimiento.

-Indicará el Ejecutivo municipal, cantidad de inspecciones que se han realizado sobre el predio en general, y si de los mismos ha surgido la existencia de 'depósitos a cielo abierto' dentro del propio macizo, indicando particularmente si se ha verificado el hallazgo en éstas condiciones de los materiales tipificados como 'Desechos tecnológicos'.

-Indicará si existe conocimiento sobre la acumulación de desechos de telefonía elular y baterías en desuso, especificando en caso afirmativo, con que resguardos y permisos.

-Indicará si han existido infracciones a las firmas allí radicadas, especificando los datos de dichos procedimientos, y destino final de las eventuales multas y/o sanciones.

-Indicará si las tramitaciones catastrales de individualización dominial de parcelas han sido ya concluidas, especificando bajo que forma se tributan las tasas municipales que corresponden al predio en general y a sus industrias en particular. En caso negativo, indicará bajo que modalidad se encuentra tributando la entidad.

-Indicará si el Departamento Ejecutivo ha solicitado a los responsables del emprendimiento, informes acerca de material robado hallado dentro de las instalaciones, indicando en caso afirmativo, que respuestas se han obtenido'.

El pedido otorga un plazo de 5 días, y deja especificada la reserva que se formula para el caso de no darse cumplimiento: 'El Departamento Ejecutivo deberá remitir la información solicitada (..) haciéndose reserva en caso de incumplimiento de los plazos, de convocar para dar explicaciones en forma presencial dentro de éste Honorable Cuerpo, a quien el señor intendente designe.

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