POSADAS. Uno de los pocos foros serios de periodistas de Misiones, sino el único, el FoPreMi, se hizo eco de la información que publicara agenciahoy.com, que dejó en evidencia las intenciones del gobierno presidido por Maurice Closs, de crear una oficina de comunicaciones con tecnología de avanzada que tendría la posibilidad de realizar escuchas telefónicas.
Esta novedad publicada durante el fin de semana causo escozor en propios y ajenos a la renovación. Las posibles víctimas de esta práctica ilegal son: en primer término, periodistas, luego le siguen empresarios, integrantes de la policía misionera, políticos de la oposición y hasta propios funcionarios renovadores allegados a los dos líderes del FR.
Según la publicación de agenciahoy.com relacionado a esta cuestión, el Ministerio de Gobierno habría armado una mega estructura comunicacional para intervenir teléfonos, con novedades tecnológicas de última generación que no solo cuenta con la capacidad de intervenir teléfonos, también pueden transformar a cualquier celular prendido, en un potente micrófono y escuchar conversaciones en un radio de hasta 10 metros aproximadamente. Otra de las novedades, es que también pueden observar los mensajes de textos enviados y recibidos en los celulares intervenidos. Cuentan que esta es la última moda, y ya la habrían sufrido varios funcionarios renovadores.
Seguramente el Gobierno provincial negará este hecho (como tantos otros acontecimientos de corrupción) y con la habitualidad de la descalificación a los medios de comunicación que quieren llegar a la verdad de un hecho que, en caso de confirmarse, sería de una gravedad insólita en Misiones.
ILEGALIDAD. Increíblemente el Estado tenía la posibilidad a través de la ley 25.873, que rigió hasta el 2003, de intervenir teléfonos en caso que se declarará la necesidad. Pero la norma, conocida como Ley Espía, fue suspendida de manera definitiva en 2005.
Paralelamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación, declaró la inconstitucionalidad de la esta ley, que le permitía al Estado intervenir las comunicaciones telefónicas, e imponía la obligación a las empresas de preservar durante 10 años el contenido de las conversaciones.
En caso de comprobarse que funcionarios renovadores utilizan este tipo de medidas para “conseguir” información, violaría principios fundamentales de la Constitución Nacional. El principio de razonabilidad, el de legalidad y el de privacidad; por ende el delito sería penal y la condena yacería en la cárcel.

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