Fiscal de Mar del Plata paraliza la exploración petrolera offshore

Fiscal de Mar del Plata paraliza la exploración petrolera offshore

En un dictámen, la fiscal Laura Mazzaferri pidió el "cese y/o suspensión de las actividades de prospección sísmica y explotación petrolífera" hasta que se realicen una evaluación ambiental estratégica favorable

 

Este jueves, el Ministerio Público Fiscal (MPF) se pronunció a favor del “cese y/o suspensión de las actividades de prospección sísmica y explotación petrolífera”, por lo que las petroleras no podrían avanzar con la exploración sísmica en la Costa Atlántica hasta que no haga un informe de impacto ambiental. Lo hizo al avalar una medida cautelar interpuesta contra el Gobierno nacional y por tratarse de acciones de alto impacto ambiental.

La titular de la Fiscalía Federal N°1 de Mar del Plata, Laura Mazzaferri, pidió la suspensión “de exploración sísmica, explotación petrolera y otros trabajos vinculados, frente a las costas del Partido de General Pueyrredón, que fueran oportunamente dispuestas por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 900/21 y aprobadas por la Resolución N°436/21 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación”.

En esa línea, pidió que antes comiencen las acciones de exploración se realice una evaluación ambiental estratégica, para asegurar que su aprobación no infrinja la normativa en materia ambiental, tanto a nivel nacional como internacional.

Las acciones de amparo interpuestas por vecinos y grupos ambientalistas, que darían lugar a la medida cautelar y en caso de aprobarse frenarían la exploración inminente frente a las playas de la Costa Atlántica, fueron presentadas por un ciudadano particular y por la Organización de Ambientalistas Autoconvocados. Ambas peticiones coincidían en la potencial peligrosidad que produciría la prospección sísmica y la eventual explotación petrolífera frente a las costas de Mar del Plata, ciudad cabecera del partido de General Pueyrredón.

En su dictamen, la fiscal Mazzaferri consideró válidos los planteos de los amparos ya que la autorización de la exploración sísmica se habría dictado sin la intervención de un organismo que, conforme la Ley de Parques y Monumentos Históricos, debía ser consultado de manera obligatoria, según lo establece la Ley 22.351 en el artículo 19.

También, la representante del Ministerio Publico Fiscal sostuvo que las acciones legales atienden a la contaminación sonora de la actividad de exploración sísmica y a la falta de un estudio de impacto ambiental imparcial en relación con la exploración y eventual explotación, que contemple además todos los ribetes potencialmente dañosos de la actividad denunciada.

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