Los términos del instrumento contra la usura parecen no ser suficientes para controlar la actividad.
No obstante, oficialmente o no, se continúan ofreciendo “facilidades” para el endeudamiento bajo condiciones desleales.
El 112% sobre 9 cuotas, del que dio cuenta El Esquiú.com en la edición de ayer, incluso quedaría corto en relación a otros casos en los que el recupero (siempre con cero riesgo) sería astronómico.
El decreto en cuestión, publicado en el boletín oficial en mayo de 2012, en su artículo 5º, ordena que “a partir de la publicación del presente instrumento legal, las entidades o personas que actúan en ese mercado tienen un plazo de treinta (30) días para cumplir con los recaudos y condiciones indicadas, por ante la Dirección Provincial de Comercio. Vencido dicho plazo y no regularizada la situación, corresponde la clausura de los locales y la caducidad definitiva de la habilitación para la atención del servicio u operatoria de préstamo de dinero, que tuvieren como objeto comercial”.
A pesar de esta disposición, las actividades usurarias se han mantenido.
Tampoco se sabe hasta qué punto llegaron las medidas del Comité de Erradicación de la Usura, conformado a mitad de 2012, ni las acciones de inspección realizadas.
Hasta el 300%
Tras la revelación del número del 112% de intereses que publicó ayer El Esquiú.com, surgieron otros casos en los que las casas prestamistas llegaron a cobrar cifras de entre el 260% y hasta el 300%. Eso, dividido en las 12 cuotas del período anual en el que se calcula la utilidad, daría un interés mensual del 25%, que es muy superior al 7% establecido por los parámetros del Banco de la Nación Argentina y por los términos de la norma vigente en la materia.
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