Al final los diputados aprobaron el presupuesto provincial para el 2013

Con 14 abstenciones, 8 votos a favor y 2 en contra, la Cámara de Diputados convirtió en ley la iniciativa que plantea un déficit primario de 694,2 millones de pesos. Además, con 13 abstenciones y 11 votos a favor, se aprobó el impuesto inmobiliario minero.El Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio 2013 asciende a 11.400 millones y prevé un déficit de 690 millones y una necesidad de financiamiento del orden de los 920 millones de pesos. Además, por unanimidad, se aprobó el presupuesto de la Cámara de Diputados. Además, desprendiéndose de la ley de fortalecimiento fiscal, en despacho de minoría se aprobó el impuesto inmobiliario minero, con la abstención de 13 diputados y 11 votos a favor, en general. En particular se votó de igual forma, pero el FpV votó en contra del cannon apostador e ingresos brutos sobre las exportaciones de los recursos naturales, que no se aprobaron.

El nuevo tributo, denominado “Impuesto al derecho real de propiedad inmobiliaria minera” se aplicará sobre los concesionarios de proyectos mineros situados en territorio santacruceño con estudios de factibilidad aprobados, y establece que “será determinado mediante la aplicación de una alícuota establecida por la Ley Impositiva sobre el valor de las reservas que posea la mina”, además de explicar que se entiende por reservas, a “la porción del recurso mineral técnica y económicamente explotable”.

Este proyecto de la minoría parlamentaria, encabezada por Alejandro Victoria, establece una alícuota fijada en el 1 por ciento del Código Fiscal - modificado en la misma Ley – la que será destinada “para el financiamiento de la efectiva intransferibilidad de la Caja de Previsión Social de la Provincia”, aunque “se destinará el porcentaje del 0,25 por ciento para desarrollo técnico e informático, necesidades edilicias y equipamiento mobiliario de la Secretaría de Ingresos Públicos”.

Respecto de la liquidación del Impuesto, el articulado de la Ley señala que se realizará “por declaración jurada anual. El volumen de las reservas declarado no podrá ser menor al volumen consignado en el estudio de factibilidad y/o en los estados contables, con más las variaciones emergentes de la explotación de la mina y la exploración llevada a cabo en la misma”, además de que “la valuación económica de las reservas se determinará por su cotización en el mercado nacional o internacional, el que resulte mayor, al último día hábil de cada año calendario”.

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