Ley de fertilización: a un año de la sanción sólo la aplican 6 provincias

Ley de fertilización: a un año de la sanción sólo la aplican 6 provincias

Lanzan hoy una guía para su implementación. Según una asociación de pacientes, en la mayor parte del país el acceso a tratamientos para concebir es desigual.

Se cumple un año de la sanción de la Ley de Cobertura de Fertilización Asistida, pero sólo seis provincias han adherido a la ley. Una asociación de pacientes asegura que la implementación es inadecuada, y el acceso, desigual. En este contexto, un grupo de especialistas sobre el tema lanza hoy un documento con recomendaciones y guías para que la implementación de la ley sea correcta. Igual, desde que existe la ley, la demanda de tratamientos aumentó un 25%: treparon a 12.500 en un año.

Tras varios años de lucha, el 5 de junio de 2013 se sancionó la ley 26.862 de Acceso Integral a los Procedimientos y Técnicas Médico Asistenciales de Reproducción Médicamente Asistida, para que las personas con problemas de fertilidad tengan cobertura médica y puedan concebir un hijo. Sin embargo, y pese a estar reglamentada, aún existen áreas grises que impiden que las parejas afectadas accedan a los tratamientos. Por eso, la Asociación Concebir y la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (Samer) impulsan un Decálogo de puntos a trabajar para que tratarse en forma gratuita sea una realidad. Además, -y en el marco del mes de la fertilidad- presentan Recomendaciones y Guías para la Implementación de un Programa Integral de Técnicas de Reproducción Humana Asistida en el Sistema de Salud Argentino.

“Claro que la ley es bienvenida, pero todavía hay muchas dudas y el acceso no es igualitario”, dice a Clarín Isabel Rolando, al frente de Concebir. Y detalla la disparidad que hay hoy en Argentina: “Sólo seis provincias adhirieron por completo a la ley: Chubut, La Rioja, Santa Fe, La Pampa, San Luis y Entre Ríos.

Chaco había adherido pero el gobernador (Juan Carlos Bacileff Ivanoff) lo vetó”. Rolando también explica que hay provincias que tienen sus propias leyes (Buenos Aires, Córdoba, Río Negro, Santa Cruz y Mendoza), pero que son más restrictivas que la ley nacional, que es una ley que amplía derechos: no toma la infertilidad como una enfermedad sino que hace hincapié en el derecho que tienen todas las personas a reproducirse.

El resto de las provincias no adhirió. Y la Ciudad de Buenos Aires tampoco.

“La ley se cubre en parte, depende de la provincia, de lo que decidan las obras sociales y demás factores. Por ahora tampoco cubre la donación de gametas, ni la congelación de óvulos o esperma por cuestiones de salud para preservar la fertilidad -explica Rolando-. También pedimos que se sancione una ley complementaria de regulación de estas técnicas, que haya un Registro de Donantes de gametas y que se especifique el destino de los embriones congelados. Todo esto necesita ser regulado ya que en la ley no entró, porque sólo es de cobertura”.

Sergio Papier, del Cegyr y miembro de Samer, está en el grupo de especialistas que armó el documento: “Somos un equipo interdisciplinario e independiente que, ad honorem, busca la correcta implementación de la ley, ya que se está implementando pero muy desordenadamente”, dice a Clarín. Participan reconocidos médicos, biólogos, abogados, contadores, que hablan sobre aspectos de la salud, legales, financieros y éticos.

El documento habla de “dudas e interrogantes”. Da el ejemplo de la cantidad de casos en los que hubo que recurrir a la justicia para pedir coberturas no especificadas, que pueden dar lugar a una negativa, como la cobertura del 40% de los costos de los medicamentos; cobertura de la donación de gametas, la no cobertura del diagnóstico genético preimplantatorio y otras innovaciones tecnológicas”.

También se dan recomendaciones para que tenga en cuenta el Ministerio de Salud en su carácter de autoridad de aplicación y su facultad de adoptar decisiones, como políticas de acreditación y habilitaciones de establecimientos, certificaciones profesionales y conformación y desarrollo de un sistema de registros. “El objetivo del presente documento consiste en brindar asesoramiento integral e interdisciplinario destinado a todos los actores involucrados, sobre los puntos más importantes a tener en cuenta para lograr buenas prácticas en materia de reproducción asistida a la luz de la normativa vigente y proyectada; constituyendo a la vez un interesante insumo para la elaboración de una ley que regule de manera integral este tipo de práctica médica, de por sí compleja y autónoma”.

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