Fallo judicial ordena la suspensión de las obras en el country Naudir Delta

Fallo judicial ordena la suspensión de las obras en el country Naudir Delta

Es una medida cautelar dictada por el Juzgado Civil y Comercial Nº2 de Zárate-Campana, que dio lugar a un reclamo proteccionista. La resolución seguirá firme hasta que se determine si cumple los requisitos de impacto ambiental.

Por Alejo Porjolovsky

 

El titular del Juzgado Civil y Comercial Nº2 de Zárate-Campana, Mariano Otero, dictó este martes una medida cautelar para paralizar las obras en el barrio privado Naudir Delta. La decisión suspende todo tipo de trabajos en el lugar hasta determinar si se cumplen los requisitos de la evaluación de impacto ambiental.

Este proyecto inmobiliario es una de las nuevas urbanizaciones que está proliferando a la vera de la ruta provincial 25, entre la barranca de El Cazador y el río Luján y a metros de la reserva natural conocida como La Cañada, compuesta por 50 hectáreas y creada por la ordenanza 4812/10 de Ordenamiento Territorial. Su desarrollo está a cargo de la empresa E2, impulsora de otros countries sobre los bañados escobarenses como El Naudir Aguas Privadas y El Cazal. Su fundador y CEO es Adrián Saraco.

La resolución del magistrado, a la que tuvo acceso El Día de Escobar, dio lugar al reclamo de la Organización de Ambientalistas Autoconvocados y determina que se paralicen las obras en el predio del futuro barrio náutico.

En el punto 4 de la sentencia se hace lugar a la medida cautelar y se dispone “la suspensión de todo tipo de obra, construcción inmobiliaria, desmonte, excavaciones, cavas, movimientos de suelos, y/o cualquier clase de acción desarrollada para el emplazamiento del emprendimiento inmobiliario sobre el inmueble”.

Por otra parte, se decretó un embargo sobre el predio en cuestión hasta que se acredite la obtención de un seguro de impacto ambiental.

No obstante, el juez Otero consideró que Naudir Delta ya había presentado una evaluación de impacto ambiental, aprobada por el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS), en noviembre de 2012. Por lo tanto, el freno a las obras será hasta que se acredite ante las autoridades “el cumplimiento de los condicionamientos, requisitos y recomendaciones establecidos” en ese estudio.

“El emprendimiento que lleva adelante la demandada en el inmueble es ambientalmente apto, por lo cual las obras realizadas por la demandada en el predio no pueden considerarse ilegales, pero dicha declaración de impacto ambiental está sujeta al cumplimiento de una serie de condicionamientos, requisitos y recomendaciones”, sostuvo el magistrado.

Reacciones moderadas

Desde la Organización de Ambientalistas Autoconvocados se mostraron satisfechos con la resolución judicial, a la que calificaron como “una buena noticia”. “Esto demuestra claramente el sustento de nuestras denuncias”, expresaron en un comunicado.

No obstante. dentro de la ONG que impulsó el reclamo imperó la prudencia: “Abundan señales de que deberemos continuar en una fuerte disputa contra la empresa y los poderes del Estado, incluyendo el Poder Judicial, que hasta el momento han exhibido un accionar impropio de sus responsabilidades”, consideraron.

“El juez Mariano Otero, insólitamente, solo exige a la empresa cumplir con condicionamientos menores como requisito para levantar la clausura, sin atender a las graves irregularidades e ilegalidades denunciadas, tales como la comprobada adulteración de la habilitación ambiental, así como la absoluta falta de proceso ambiental en regla, entre otras muchas que no han sido debidamente atendidas por este funcionario judicial”, enfatizaron los ambientalistas.

La medida cautelar llega ocho meses después de que haya sido solicitada y a semanas de que el caso haya sido publicado en diversos medios locales, entre ellos El Día de Escobar y la revista DIA 32. Al respecto, señalaron que “la inaudita demora para dictar esta sentencia permitió a la empresa profundizar y ampliar el enorme daño ambiental ya presente al inicio de la causa en julio de 2021”.

“No tenemos tiempo para ponernos a festejar la clausura, una medida que debió dictarse mucho antes, con fundamentos mucho más amplios y con condiciones mucho más estrictas. No nos conforma esta medida, que resulta claramente insuficiente para garantizar el derecho humano a un ambiente sano. Seguiremos cada minuto en la lucha junto al pueblo de Escobar para que se haga justicia de forma definitiva y no se convalide la impunidad de estas empresas mercaderes de suelos que se apropian y destruyen los bienes comunes”.

Por otra parte, los ambientalistas también cuestionaron el rol del Municipio en relación a Naudir Delta y la falta de información. “Durante casi tres años ocultó de manera absolutamente arbitraria la información pública sobre el emprendimiento. Solo la entregó cuando fue forzado a hacerlo por la Justicia, y no en el plazo de 30 días y en simple respuesta a la solicitud ciudadana”, dispararon.

Apenas se conoció el fallo, desde el Municipio difundieron un comunicado en las redes sociales. “Ante la denuncia realizada por asociaciones ambientalistas, el Municipio aportó -cuando le fue solicitada- toda la información y documentación disponible al respecto sobre el emprendimiento en cuestión, aclarando que la convalidación y autorización para la realización del proyecto urbanístico corresponde esencialmente a los organismos provinciales”, consignó el texto oficial.

En otro párrafo se afirma que “la Municipalidad ratifica y reitera de manera contundente su compromiso con el cuidado ambiental, respaldado por las políticas públicas sin precedentes impulsadas desde el programa Escobar Sostenible”.

Horas después, los ambientalistas cuestionaron ese comunicado. “Alcanza niveles de cinismo rara vez vistos”, afirmaron.

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