Fallo favorable al amparo del Defensor del Pueblo

Ordenan a obra social proveer medicamentos de por vida, en forma mensual y consecutiva a una diabética.

La Justicia Provincial resolvió hacer lugar al amparo interpuesto por el Defensor del Pueblo a favor de una paciente diabética cuya obra social no le entregaba los medicamentos. Si bien la Defensoría había logrado anteriormente una medida cautelar que garantizó en su momento el suministro de los remedios, ahora la Cámara Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2, a cargo de la jueza María Paganini y el secretario Julio Nieto resolvió la cuestión de fondo que ordena a la obra social del Personal de Seguridad Comercial, Industria e Investigaciones Privadas (Ospsip) a entregar a la mujer los medicamentos en forma mensual, consecutiva e ininterrumpida de por vida. Esta resolución ejemplificadora en materia de reclamos a obras sociales sienta precedentes en otras actuaciones que se están tramitando en la Defensoría del Pueblo por irregularidades de las mismas.

Además es dable resaltar la celeridad en la resolución de los planteos del Defensor del Pueblo por parte de la Justicia ordinaria, que priorizó la salud de la paciente dando un trato expeditivo al caso tanto en la medida cautelar, como en el amparo.

Cabe destacar que el defensor Victor Galarza había recibido el reclamo de una afiliada de la obra social que padecía Diabetes Tipo2 y requería por prescripción médica un tratamiento con medicamentos específicos. Luego de agotar todas las vías administrativas de reclamo y gestión, el Defensor del Pueblo decidió presentar una acción de amparo -medida cautelar ante la Justicia Provincial. La jueza de feria declaró inhibición, por lo que la medida cautelar fue resuelta por el juez de la Cámara de Apelaciones de Feria, que hizo lugar a la presentación y ordenó la inmediata provisión del medicamento prescripto para el tratamiento de la enfermedad diagnosticada. Sin embargo la cuestión de fondo se resolvió recién con el fallo de Cámara Civil y Comercial -Sala I-Vocalía 2 a cargo de María Paganini, quien consideró que la presentación del Defensor acreditaba la verosimiltud en el derecho invocado y el peligro en la demora, priorizando el derecho a la salud, de rango constitucional.

Precedente

Las irregularidades que motivaron que el Defensor Galarza decidiera presentarse en la Justicia contra la obra social, son parte de una realidad que no escapa a las otras obras sociales que suelen negar información a la institución por considerarse delegaciones con casa central en Buenos Aires y pretenden litigar en la Justicia de fuero federal. El Defensor del Pueblo anunció ante estas circunstancias seguirá recurriendo a la Justicia con aquellas que no cumplan con el PMO o se nieguen a brindar información para defender los derechos de afiliados de Jujuy.

Es también argumento común de las obras sociales referirse a la falta de competencia del Defensor del Pueblo en base al desconocimiento de los alcances, funciones y atributos del mismo, tal es el caso del asesor legal de la obra social Osuthgra (de los trabajadores hoteleros y gastronómicos de la República Argentina), que niega competencia para solucionar las denuncias en contra de la obra social. Este caso en particular es analizado por el Defensor para realizar las denuncias donde correspondan. Victor Galarza recepciona diariamente una gran cantidad de reclamos de los afiliados de diferentes obras sociales tanto privadas como públicas, relacionadas con la falta de entrega de medicamentos, de reintegros, de sillas de ruedas, medicación oncólógica, demora en la entrega de prótesis, trámites por cirugías complejas, falta de información en el traspaso de obras sociales y otros incumplimientos al PMO (Programa Medico Obligatorio).

Comentá la nota