La Corte Suprema de Justicia obligó a la provincia de Santiago del Estero a respetar el régimen de coparticipación de impuestos con los municipios, al tiempo que reafirmó la autonomía municipal.
La sentencia se dictó en un contexto de ajuste fiscal que recae en el área política y administrativa de los tres niveles de gobierno: el nacional, provincial y municipal, y luego del compromiso asumido por casi todas las provincias, la ciudad de Buenos Aires y la Nación en el Consenso Fiscal del 16 de noviembre de 2017, y la más reciente derogación del fondo sojero.
En la causa resuelta por la Corte Suprema, la Municipalidad de la ciudad de La Banda demandó a la provincia de Santiago del Estero, de la cual forma parte, a fin de que cumpliera con la "elaboración anual de los índices distribuidores de coparticipación de impuestos a los municipios".
En rigor, la obligación recae en cabeza del Ministerio de Economía provincial, el cual debe confeccionar tales índices a fin de que la provincia gire las partidas de coparticipación que le corresponde a cada municipio, en función de variables tales como la cantidad de habitantes, porcentaje de la población con necesidades básicas insatisfechas, población rural, número de empleados, etc, explicó Pablo Della Picca.
Mirá tambiénAntes que hable Dujovne, cierran registro de exportaciones agrariasLuego de que entre jueves y viernes, las cerealeras anotaran ventas al exterior por 8 millones de toneladas, Agroindustria cerró el grifo en la previa al anuncio sobre retenciones.
La demanda fue rechazada por el Superior Tribunal de la Provincia porque no se había probado "conflicto institucional" entre los poderes del estado provincial.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo y ordenó al Tribunal Superior de la provincia a que sustanciara y resolviera debidamente el planteo de la Municipalidad de La Banda. Para esto debía tener en cuenta la autonomía municipal consagrada a partir de la reforma constitucional de 1994. Un fallo similar había beneficiado a la Rioja.
Comentá la nota