Lo estableció el tribunal de alzada de San Martín, al dejar firme el procesamiento de una mujer que interrumpió el tránsito en la Autopista Riccheri en 2008. Los jueces la acusaron por su "obrar deliberado" al afectar "el normal funcionamiento de los transportes por tierra"
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín confirmó con un fallo de primera instancia que bloquear autopistas es un delito, de acuerdo con lo publicado por el Centro de Información Judicial.
Así, se dispuso el procesamiento de una mujer por el delito de “entorpecimiento del normal funcionamiento de los transportes por tierra”, en el marco de una investigación por el corte de la Autopista Richieri durante una manifestación.
El corte tuvo lugar el 24 de octubre de 2008, entre las 10 y las 12:39, cuando el tránsito fue paralizado a la altura del kilómetro 17, sentido Ezeiza a Capital Federal.
El delito por el que se acusa a la imputada es el impedimento de la libre circulación sobre dos de los cuatro carrilles vehiculares habilitados en el lugar, aunque según un testigo “cuando llegó la prensa cortaron uno más quedando sólo un carril disponible”.
Ello, según la resolución, “evidenciaría que en cierto momento la obstaculización vehicular se vio acentuada en el lugar y todo ello descarta el intento de la defensa de minimizar la real dimensión de la perturbación ocasionada”.
Para la Cámara, “a primera vista se advierte que habría existido un obrar deliberado destinado a dificultar el tránsito de los automotores sobre una porción importante de la senda vehicular; con la consecuente relevancia criminal de la conducta voluntaria desarrollada. Más aún cuando en la ocasión la difusión del reclamo podría haberse igualmente canalizado a través de otras vías alternativas que habrían estado predispuestas en la ocasión (entrega de panfletos haciendo saber las demandas en la zona de peaje)”.
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