La intendenta Graciela Rosso firmó el nuevo decreto de emergencia sanitaria, que prorroga las restricciones hasta el miércoles a la noche (Cero hora del jueves).
Asimismo se concede licencia a los empleadas municipales embarazadas y a los trabajadores con problemas de salud.
Adicionalmente, se otorga licencia a los municipales que deben quedar en sus hogares al cuidado de sus hijos.
El texto Completo.
* VISTO: *
El expediente 4069-04491/2009, la declaración de emergencia sanitaria por parte del Gobierno Provincial, conforme Decreto Nº1040 de fecha 30 de Junio de 2009, el Decreto municipal Nº900, y su rectificatorio Nº902, ambos de fecha 1 de Julio de 2009, el Decreto municipal Nº 918, de fecha 2 de Julio de 2009, que prorrogó la vigencia del Decreto Nº 900, hasta las cero (0) horas del martes 7 del corriente mes y año; y
*CONSIDERANDO: *
Que el virus de la influenza H1 N1 se ha considerado pandémico a nivel mundial y que su transmisibilidad y circulación es progresiva en base al número de casos sospechosos y confirmados.-
Que el art. 1º del Decreto Municipal Nº900 declara la emergencia sanitaria por el plazo de noventa y seis (96) horas, pudiendo prorrogarse la misma hasta que las circunstancias de hecho mengüen.-
Que, asimismo, el art. 2º de dicho decreto, enumera una cierta cantidad de medidas de índole restrictiva y preventiva, que tienen la misma vigencia de noventa y seis (96) horas pudiendo ser estas prorrogables.-
Que la situación no ha cambiado en los hechos.-
Que, a su vez, es necesario resguardar los derechos de los trabajadores municipales, en relación a su salud y a la integridad e intangibilidad de su salario.-
Que es de notorio y público conocimiento la necesidad imperiosa de prorrogar dicho plazo.-
Que con fecha 3 de julio de 2009, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, emitió una serie de medidas referidas a la protección del personal provincial.-
Que en el Partido de Luján la emergencia sanitaria decretada por el Decreto Nº 900, fue prorrogada por el Decreto Nº 918, hasta las cero (0) horas del día martes 7 de julio del corriente año.-
En función de lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica Municipal y la Constitución de la Provincia de Buenos Aires artículo 192º inciso 4).
Por ello,
*LA INTENDENTA MUNICIPAL*** D E C R E T A
*_Artículo 1°.-_* Prorrógase la vigencia del Decreto Municipal Nº900, desde el vencimiento de la prorroga otorgada por el Decreto Nº 918 y hasta las cero (0) horas del jueves 9 de Julio de 2009.
*_Artículo 2º.-_* Concédase licencia obligatoria con goce de haberes y sin descuento de Presentismo, hasta nuevo aviso, a todo el personal femenino en estado de embarazo y a aquellos empleados que presenten cuadros de inmunodepresión y/o síntomas gripales. Asimismo, están incluidos en el presente artículo los empleados que padezcan obesidad mórbida, asma bronquial y diabetes mellitus. Deberán presentar resumen de historia clínica firmado por médico tratante y copia de estudios complementarios y /o estado de gravidez que acrediten el diagnóstico del factor de riesgo.
*_Artículo 3º.-_* Concédase licencia obligatoria con goce de haberes y sin descuento de Presentismo, hasta las cero (0) horas del jueves 9 de Julio de 2009, a todos los agentes que sean madres, padres o tutores que tengan a su cargo niños de hasta catorce años. Los que cumplan estas condiciones deberán acreditar tal condición a través de la presentación de los correspondientes certificados de nacimiento del menor y/o testimonio de la guarda y/o testimonio de la tutela o tenencia, acreditando a su vez, que el cónyuge y/o co-titular de la patria potestad, no puede gozar de licencia para la atención del menor. Esta licencia deberá ser otorgada solo a uno de los padres, en caso que uno de ellos goce de idéntico beneficio en el ámbito nacional, provincial o municipal.
*_Artículo 4º.-_* Regístrese, tomen conocimiento y dése amplia publicidad en los medios locales, notifíquese, publíquese y archívese.
D E C R E T O Nº 920.-

Comentá la nota