Así lo dispuso una resolución publicada en el Boletín Oficial bonaerense. Apuntan a las unidades de jurisdicción provincial. También invitan a los municipios a dictar normas que impongan la misma exigencia para los servicios comunales.
Las empresas prestatarias del servicio público de autotransporte de pasajeros de corta y media distancia deberán incorporar videocámaras en sus unidades a fin de garantizar la seguridad de los pasajeros, de acuerdo a la resolución 374 de la Agencia Provincial del Transporte, dependiente del gobierno bonaerense, que da un plazo hasta el 1 de enero de 2015 para cumplir con la obligación.
La resolución precisa que a mediados de septiembre se acordó con las cámaras del sector "llevar un proceso de implementación gradual, comenzando por la colocación en un número de unidades equivalentes al parque asignado a servicios nocturnos", el cual equivale a un colectivo por cada recorrido que tenga la línea.
Además, también desde el primer día de 2015, el artículo 2 de la resolución establece que "todos los vehículos que se incorporen al parque móvil autorizado de las empresas deberán contar con videocámaras a partir de la entrada en vigencia de la presente".
La disposición invita a los municipios a dictar normas que impongan las mismas exigencias en materia de seguridad para los servicios comunales.
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