San Juan.-Desde la Dirección Regional San Juan de AFIP informaron que este mes se incrementarán los controles para los contribuyentes monotributistas en virtud de haber culminado el primer cuatrimestre del año.
Es de destacar que la modificación de categorías puede ser tanto por una mayor o una menor según las circunstancias particulares, y el procedimiento es exclusivamente por internet, en la dirección www.afip.gob.ar.
Las obligaciones de pago resultantes de la recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el primer día del mes siguiente de esta y el último día del mes en que deba efectuarse nuevamente este trámite, es decir septiembre.
Declaración Informativa Cuatrimestral
Para Monotributistas que revistan en la categoría F en adelante o empleen personal, por RG 2088/2010 begin_of_the_skype_highlighting 2088/2010 end_of_the_skype_highlighting deben confeccionar sus declaraciones informativas donde constarán datos de los comprobantes emitidos y monto de sus operaciones; de aquellas con los 5 principales clientes (salvo que sean Consumidores Finales); como de proveedores; del consumo eléctrico; del inmueble o del titular, en los casos que se alquila; etc. Con esta y otra información que se provee AFIP, analizar la razonabilidad de la categoría declarada por el contribuyente. Asimismo quienes se excluyeron del régimen debieran presentarlas por seis periodos más.
El incumplimiento a esta obligación acarreará la aplicación de multas de hasta 45.000 pesos, además de comenzar a sufrir retenciones de IVA y Ganancias que sumadas implicaran recibir 44 pesos de cada cien facturados.
Factura o Recibo “C” Electrónicos Obligatorios
Según se informó desde la Dirección Regional San Juan de AFIP, desde el primer día de mayo los Monotributistas que se encuadren en la categoría H, I, J, K o L. deben emitir factura electrónica salvo que respalden operaciones con consumidores finales, en las que se haya entregado el bien o prestado el servicio en el local, oficina o establecimiento. Las últimas medidas dirigidas a las categorías mas elevadas, buscan avanzar en la lucha contra el “enanismo fiscal”, fenómeno que se presenta en los regimen simplificados y consistentes en categorizarse en las categorías más altas –bajando la carga tributaria y evitando costos por determinación de los tributos-, cuando en la realidad debieran tributar bajo el régimen general.
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