Por decreto, el Gobierno entrerriano estableció un Régimen Especial de Inscripción y Regularización Voluntaria en el impuesto sobre los ingresos brutos para actividades de arrendamiento de inmuebles rurales y/o urbanos.
En tanto “a fin de promover la regularización de la situación fiscal de aquellos sujetos que pudieren realizar dicha actividad, resulta de interés de este Poder Ejecutivo implementar un Régimen Especial de Inscripción y Regularización Voluntaria en el impuesto sobre los ingresos brutos, fijando determinados beneficios para aquellos que opten voluntariamente por acogerse al mismo; que el acogimiento al mencionado régimen le permitirá al contribuyente-locador, regularizar la deuda devengado por la falta de ingreso del impuesto, mediante planes de facilidades de hasta quince cuotas”, agrega.
Además estipula que “quienes se adhieran al régimen de regularización, gozarán del
beneficio de remisión total de las multas que se hubiesen generado por la falta de inscripción en el tributo o en la actividad y por la falta de ingreso del mismo”, a la vez que faculta a la Administradora Tributaria de la Provincia al otorgamiento de los citados beneficios y al dictado de las normas que resulten necesarias para su aplicación”.
Por su parte, el organismo recaudador que conduce Marcelo Casaretto, estableció en la resolución Nº 02 que el régimen comprenderá las deudas devengadas hasta el 31 de Diciembre de 2012, en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos y sus intereses”.
Además, según pudo saber esta Agencia, la ATER fijó que para la condonación de la multa por incumplimiento los contribuyentes o responsables “deberán cumplir con los deberes formales omitidos, se trate de falta de inscripción, alta de la actividad en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y de presentación de las Declaraciones Juradas respectivas”, entre otros requisitos.

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