El proyecto iba a ser presentado en la Legislatura este jueves, pero se postergó. Entre los puntos convenidos, aparecen la toma de crédito y emisión de títulos.
La ley de transición que permitirá a Francisco Pérez terminar su gestión y a Alfredo Cornejo comenzar la suya sin problemas, iba a ser presentada este jueves en la Legislatura pero a último momento se canceló. Entre otras razones, por la emergencia del sismo en Mendoza, pero también porque en el oficialismo no están del todo cerradas las posturas sobre la negociación entre el mandatario actual y el electo.
De todos modos, y más allá de las negociaciones que comenzaron con el Banco Nación por un crédito externo de 6 mil millones de pesos, el proyecto redactado entre radicales y peronistas ya está definido prácticamente, a menos que a última hora se decidan introducirles cambios que empatanen la discusión nuevamente.
Entre los puntos principales, Cornejo y Pérez acordaron autorizar crédito por 2.600.000.000 para necesidades financieras del déficit del ejercicio 2015 y la misma suma para la amortización de la deuda 2015.
Asimismo, también dispone el uso del crédito para disminuir la deuda pública flotante hasta mil millones de pesos. El proyecto estipula que no se pueden utilizar las regalías petrolíferas como garantía del crédito público que se tome.
Los fondos obtenidos servirán para cancelar obligaciones de corto plazo por 800 millones contraídas con el Banco Nación.
Y también para cancelar otros mil millones de pesos para cancelar la deuda con sindicatos, mutuales, la OSEP, organismos de seguridad social, municipios, aseguradoras de riesgos de trabajo y deuda flotante, en ese orden.
La ley también faculta a Cornejo a emitir, a partir del 10 de diciembre, los llamados "Títulos provinciales de consolidación y de cancelación" por mil millones de pesos, que le servirán para cancelar la deuda con los proveedores del Estado. Con una salvedad: estos bonos serán optativos para los proveedores.
Cornejo también podrá estar facultado para reestructurar la deuda total o parcialmente; estará habilitado para emitir letras u otros medios de pago hasta un plazo de dos años. Y a contraer un empréstito con el agente financiero de la provincia.
Un último punto corresponde a una moratoria previsional para los empleados que, aunque están en edad de jubilarse, no tienen los aportes necesarios para obtener ese beneficio.


Comentá la nota