El Fiscal General del Departamento Judicial San Nicolás analiza el proyecto de reforma del Código Procesal Penal que el Ejecutivo Nacional envió al Parlamento. “Es una decisión que se recibe con beneplácito, porque tiende a agilizar los procesos, a que haya inmediación y oralidad”, señaló el Dr. Tanús. El proyecto cuenta con amplio respaldo de juristas.
En su despacho del primer piso de la sede del Ministerio Público Fiscal, el Dr. Héctor Tanús recibió a EL NORTE a propósito de la reforma del Código Procesal Penal que el Ejecutivo Nacional enviara al Congreso. El Fiscal General del Departamento Judicial San Nicolás valora como “positiva” esta iniciativa que apunta –entre otras cosas- a agilizar los procesos penales en la Justicia Federal.
“Es un paso muy positivo para la Justicia Federal. En provincia lo venimos aplicando desde 1998”, apuntó Tanús al inicio de la charla.
“La Justicia Federal dispone ahora de nuestra experiencia en relación a que en provincia el sistema acusatorio se viene utilizando desde hace muchos años”, explicó Tanús. Cabe señalar que el punto central de la reforma pasa por transformar el actual sistema de inquisitivo a acusatorio, lo cual implica que la responsabilidad de la investigación se delega enteramente en el fiscal, mientras que el juez debe controlar.
El sistema inquisitivo, en cambio, tiene al Juez como «jefe» de la investigación y al fiscal acusando, proponiendo medidas que prueben la culpabilidad del sospechoso y, valga la redundancia, fiscalizando.
“Lo que se plantea es un cambio de paradigma, una filosofía diferente a la que se utiliza hoy a nivel Federal. La corte ya dijo –en varios fallos- que la persona que está juzgando no puede ser quien investiga. En base a eso cambia el paradigma, puesto que en la figura del Fiscal recae la investigación frente a un tercero imparcial, que es el Juez”.
Tanús explicó que “este nuevo sistema implica -también- que va a haber inmediación con la prueba. Es decir, el Juez va a estar presente mientras declaran los testigos. Y la convicción que se forma el Juez, lo que se conoce como apreciación de la prueba, es libre, razonada y fundada”.
Los tiempos
El nuevo Código fija tiempos más cortos para que la causa sea enviada a juicio oral. La instrucción en las causas que hoy lleva entre tres o cuatro años, se realizará como máximo en tan sólo un año y el juicio oral debe realizarse poco tiempo después de terminada la investigación o instrucción. Además, las apelaciones a las sentencias se deberán resolver en cinco días, desde el momento en que se interponen.
“Los tiempos procesales se acortan notoriamente”, explicó Tanús. “Nosotros tenemos diez meses en total, salvo en algunas causas muy complejas donde –excepcionalmente- el tiempo se puede prorrogar. Antes de los diez meses, la causa debe elevarse a juicio”.
“El proceso tiene tres etapas: la investigación penal preparatoria, donde el Fiscal investiga y recolecta las pruebas. Le sigue la etapa intermedia, donde el Fiscal le presenta todas las pruebas al Juez de Garantías y le pregunta al Juez si hay elementos suficientes para ir a juicio. Y, finalmente, la etapa del juicio, que es una instancia de oralidad pura, donde se produce toda la prueba.
Los tiempos empiezan a correr desde el momento en que una persona queda imputada de un hecho”.
Consultado si el sistema acusatorio favorecerá el descongestionamiento de causas en la Justicia Federal, el Dr. Tanús fue claro: “Sí, porque el Fiscal va a poner énfasis en las causas importantes, y podrá dejar de lado las causas menores, ya sea porque se trata de un hecho insignificante, o bien porque no se presenta nadie”. Además, Tanús sostuvo que la Justicia Federal va a funcionar más aceleradamente debido a que la puesta en práctica del muevo sistema implica el nombramiento de nuevos fiscales. “En provincia, con el sistema inquisitivo teníamos dos fiscales. Ahora tenemos quince, porque todas las causas van a tramitar ante los fiscales”.
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