Un productor agropecuario, dos aeroaplicados y 3 ingenieros agrónomos deben enfrentar el proceso por supuesta “contaminación ambiental dolosa”.
De acuerdo a la requisitoria fiscal, el productor agropecuario Francisco Rafael Parra; los aeroaplicadores Edgardo Jorge Pancello y Gustavo Alejandro Peralta; y los ingenieros agronómos Javier Eduardo Amuchástegui, Fernando Ramón Amuchástegui y Alejandra del Carmen Mendizábal Peralta deberán responder por el supuesto delito de “contaminación ambiental dolosa” en los términos del artículo 55 de la Ley de Residuos Peligrosos 24.051.
En su resolución, el fiscal Matheu señaló que la acusación que recae sobre el primero de los nombrados se refiere a las fumigaciones ilegales realizadas en el año 2004 en ese barrio. En tanto, los restantes fueron acusados en relación a las fumigaciones ilegales efectuadas en el 2007 en el barrio Las Quintas Country Club de la comuna de Los Cedros.
Asimismo en la misma citación a juicio se instó al juez de Control al sobreseimiento de los imputados Jorge Gabrielli, Marcelo Bolatti, Edgardo Pancello, Gustavo Peralta y Ernesto Freyer, respecto de los hechos ocurridos en barrio Ituzaingó Anexo en los años 2003 y 2004.
Barrio Ituzaingó Anexo
Según la instrucción, el primer hecho habría ocurrido días antes del 2 de marzo de 2004, cuando el productor Francisco Parra habría acordado con un aeroaplicador no identificado la aplicación de un agrotóxico en un campo sembrado con soja que explotaba ubicado en el Camino a Capilla de Los Remedios a la altura del kilómetro 8 y 1/2, distante a 400 metros del barrio.
El mismo 2 de marzo, en horas de la tarde, se concretó otra aplicación el campo mencionado.
Cabe recordar que dos años antes, mediante una ordenanza, el sector ubicado al sur de la ciudad había sido declarado en emergencia sanitaria. En dicha norma se establecía que no se podían concretar fumigaciones a menos de 2.500 metros de las viviendas.
El barrio había sido declarado en emergencia debido a un sorpresivo brote de enfermedades, principalmente oncólogicas, presuntamente relacionadas a la contaminación ambiental, entre otros motivado por las aplicaciones de agroquímicos en la zona.
Parra y Pancello fueron condenados en agosto del año pasado a 3 años de prisión condicional en el primer juicio celebrado en el marco de la emblemática causa. Si llegaran a recibir condenas en este nuevo debate deberían cumplir prisión efectiva.
Los Cedros
En el segundo caso, en la comuna de Los Cedros, el fiscal Matheu acusa a los directivos de la firma TecnoCampo SA de acordar con el aeroaplicador Edgardo Pancello, realizar una fumigación en un campo colindante a la población entre entre el mes de diciembre de 2006 y el mes de marzo de 2007.
La aplicación se concretó cuando la Ley Provincial de Agroquímicos ya estaba en plena vigencia. La misma prohíbe expresamente la aplicación aérea de agroquímicos de las clases toxicológicas Ia, Ib y II dentro de un radio de 1.500 mts. del límite de las plantas urbanas y de 500 metros respecto de las clases III y IV, toda vez que les constaba a todos los incoados que desde las plantaciones de cultivo de dicho campo y hasta el sector perimetral de la manzana 30 del referido barrio la distancia existente era sumamente menor (entre 6 y 10 metros aproximadamente). Las aplicaciones, incluso, se habrían concretado con viento en contra de la población.
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