Editorial:En Saladillo primó el cuidado de la salud

El presidente de la Comisión de Salud del Concejo Deliberante de ese distrito explicó los detalles del debate que, en su momento, generó la norma. “Si lo económico prima sobre la salud estamos en el horno”, sintetizó.
En 2009, el Municipio de Saladillo aprobó una ordenanza que pone límites a las fumigaciones terrestres y aéreas, entre otras especificidades. La norma tiene plena vigencia, aunque todavía restan afinar detalles y controles para lograr un cumplimiento pleno.

No obstante, esa reglamentación sentó un precedente para el resto de la provincia de Buenos Aires, donde escasean los distritos que se han atrevido a reglamentar disposiciones en ese sentido.

En diálogo con EL CIVISIMO, el doctor Néstor Salazar explicó detalles del debate que en su momento generó la aprobación del proyecto. El presidente de la Comisión de Salud y Medio Ambiente de Saladillo dijo que la ordenanza "fue muy bien recibida porque estamos cuidando la salud de los vecinos", aunque despertó una férrea oposición en el sector agropecuario. En la actualidad todavía llegan al Concejo "solicitudes para que se respete la ordenanza que se aprobó en su momento".

- ¿Cómo surgió la iniciativa de trabajar en una ordenanza que reglamentara las fumigaciones?

- Acá hay un grupo ecologista bastante activo que empezó a plantear el problema de las fumigaciones en los límites de zonas urbanas. En ese tiempo también advertimos que en los brazos de una laguna se lavaban las máquinas fumigadoras, y se registraba una mortandad muy grande de peces. Entendimos la necesidad de poder generar una norma para el uso de estos aparatos y los límites de fumigación. Fue una discusión muy grande. Vimos otras experiencias que no son muchas, en la provincia de Buenos Aires todavía menos. Definimos dar un límite desde el casco urbano y alrededor de las escuelas rurales. Fue una discusión muy intensa.

- ¿Cuál fue la reacción del sector agropecuario?

- Se opuso y se opone a respetar el límite de terreno donde nosotros queremos que no se fumigue. Hay muchos chacareros que por quedar dentro de ese cordón de seguridad han tenido que buscar otro tipo de producción, más de tipo ecológica.

A pesar de las quejas de muchos productores pudimos aprobar la ordenanza por unanimidad. Hubo presión de la Federación Agraria y de la Sociedad Rural en contra de la ordenanza, y la sigue habiendo.

- ¿Cómo se materializó esa oposición?

- En quejas, en protestas, en decir que la economía de esos productores se ha visto reducida. Pero nuestro criterio es que la salud pública esté por encima de todo lo económico, porque si no estamos muy mal todos. Si lo económico prima sobre la salud estamos en el horno, vamos a terminar todos muy mal. La discusión por esta ordenanza fue ardua, hemos recibido ofensas públicas de todo tipo, y sabemos que no nos quieren, pero esto es defender a todos, inclusive a ellos mismos. Tenemos fumigadores que han tenido problemas oncológicos o lesiones en la piel por estar en contacto con agroquímicos de manera permanente. Eso hasta lo reconocieron en alguna reunión que hemos tenido, pero se muestran reticentes a percibir un ingreso menor de dinero por el trabajo que hacen. Cuando uno normatiza algo, no se puede quedar bien con todo el mundo, esto es así.

- A partir de la aprobación de la ordenanza, ¿se avanzó en ese tipo de producción ecológica?

-La Secretaría de Producción del distrito está trabajando en ese tema, mediante capacitaciones para hacer producciones ecológicas y comercializarlas. Antes de esta ordenanza habíamos aprobado otra sobre la cría de animales en forma intensiva, que también se tuvieron que alejar de la ciudad. También trajo mucha controversia.

Distancias

En el artículo 13, la ordenanza de Saladillo prohíbe la aplicación de productos agroquímicos y/o plaguicidas en el área urbanizada. Las aplicaciones terrestres de esas sustancias a través de equipos autopropulsados y de arrastre "deben efectuarse a partir de los 500 metros del perímetro del área urbanizada".

En cuando a las fumigaciones aéreas, la reglamentación fija una distancia de 5.000 metros de los centros urbanizados. Además, "en las zonas donde existan establecimientos educativos rurales debe efectuarse la aplicación de productos a partir de los 100 metros del perímetro del establecimiento educativo, y fuera del horario de clases debiendo comunicar al establecimiento el día y horario en que se realice la aplicación".

Por otra parte, la ordenanza establece una distancia de 20 metros para los cursos de agua principales, y un espacio libre de aplicación para cursos de agua menores de dos veces el ancho del curso tomada desde la línea de ribera.

En Cañuelas también

El año pasado, el Concejo Deliberante de Cañuelas aprobó una dura ordenanza sobre fumigaciones. Además de prohibir las aplicaciones aéreas, puso un límite de 2 mil metros de zonas urbanas, residenciales o de quintas y cursos de agua.

Luego de la aprobación de la norma, el dirigente gremial de la CTA, Mario Miceli, le expresaba al portal Info Cañuelas que "para mí es una de las ordenanzas más avanzadas de Argentina. No es común que en los municipios se prohíba la fumigación aérea. En algunos lugares de Santa Fe, por ejemplo, hay resoluciones judiciales que impiden fumigar, pero la legislación está en pañales. La ordenanza de Cañuelas seguramente va a ser imitada en otros lugares del país".

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