Edgardo Privitera - “La causa más frecuente de infracción es la falta de carnet de conducir”

El director General de Prevención y Convivencia, Edgardo Privitera, dio detalles sobre algunos aspectos vinculados con las exigencias de la Ley Nacional de Tránsito, pero además se refirió a los controles que se realizan en General Pico.
Dijo que la causa más frecuente es la falta de carnet de conducir “o que éste no coincide con el vehículo que se está manejando”.

Calificó como ‘muy positiva’ la experiencia en el uso del radar pero además explicó, por ejemplo, que la bolsa mortuoria no es un elemento que sea exigido por las normas nacionales, ni provinciales.

“Durante los últimos días hemos continuado con los operativos tendientes a prevenir accidentes o sacando de circulación algunos de los vehículos que no están en condiciones. En la última oportunidad también se incluyeron controles de alcoholismo”, explicó el funcionario

-¿Hubo muchos casos positivos de alcoholemia?

-No, se registraron alrededor de una docena, sobre un total de 50. El operativo se hizo durante seis horas en día festivo y en cercanías de boliches bailables.

-¿Cuáles son las causales de retención de vehículos?

-Uno de los temas más frecuentes es que la licencia habilitante no coincide con al vehículo que la persona está manejando. Por ejemplo, si un vecino tiene un carnet sólo para manejar autos, no está habilitado para conducir una moto. También la falta de licencia está entre las infracciones más comunes.

Además, tiene que tener tarjeta verde, seguro obligatorio; otra causal es la falta de elementos de seguridad en el vehículo, como paragolpes, luces, guardabarros; y en las motos sumamos pedalines y espejos retrovisores.

-¿Y los cuatriciclos?

-Los únicos que están habilitados para circular son los que se han adecuado a la ordenanza que fue sancionada en General Pico y prevé la utilización de elementos que a veces no vienen de fábrica, como son paragolpes, las dos luce traseras y los espejos retrovisores. Esos vehículos deben ser empadronados y asi sí pueden circular.

-¿Cuántos se han empadronado?

-Alrededor de 30, que sabemos son pocos a partir de todos los que están circulando, pero no desconocemos que estamos atravesando una etapa que nos va a llevar un tiempo.

-¿Cuál es la evaluación respecto al uso del radar?

-Para nosotros su uso es muy positivo, ya que cuando comenzó a venir a Pico teníamos un promedio de 100 infracciones diarias, por lo general con velocidades altas. Hemos ido bajando y ahora tenemos entre 20 y 30 infracciones por día. Además, se logró bajar los registros de velocidad, ya que al principio teníamos velocidades muy altas, pero hoy observamos que la gran mayoría van entre los 40 y 50 kilómetros por hora, lo que supone una infracción menor.

-¿Eso se refleja en el tenor de la multa?

-Sí, porque el juez de faltas elaboró una ordenanza el año pasado, que fue aprobada, y permite graduar el monto de la multa de acuerdo con la infracción cometida.

-¿La bolsa mortuoria es exigible dentro de un auto para salir de viaje?

-No, en absoluto. No hay ninguna ley que la pida, ni la Nacional de Tránsito, ni las provinciales. Nadie debe pagar una multa por falta de ese elemento, ya que no corresponde.

-¿Y qué hay que llevar?

-Todos los elementos de seguridad y matafuego; pero además se aconseja llevar un botiquín de primeros auxilios y un chaleco retroreflectivo para cuando se produzca un inconveniente en la ruta. Estos elementos no son exigibles, sino recomendables. Si es necesario llevar el comprobante de seguro, tarjeta verde o azul y licencia de conducir.

-¿Qué ocurre con la revisión técnica vehicular?

-Nosotros aconsejamos que se haga para viajar fuera de la provincia, porque está contemplada en la Ley Nacional de Tránsito. En La Pampa no estamos adheridos, pero como está contemplada en el Ley Nacional de Tránsito, es exigible en otras provincias. Además de ser una tranquilidad para el viajero, es probable que quien no la haya realizado tenga que pagar una multa si se la hacen en algún otro lado del país.

-¿Y los vidrios polarizados?

-Están ligados a la revisión técnica obligatoria en función de los grados de oscurecimiento que tiene el polarizado ya que un inspector de tránsito no puede medir esos grados de oscurecimiento, debido a que no cuenta con los elementos necesarios. Esa medición debe realizarse con ciertos elementos y en determinadas condiciones, que se darían únicamente en las condiciones especiales que debe tener un taller que hace la revisión técnica.

Hay que tener en cuenta que muchos vehículos vienen tonalizados de fábrica, y respetan la Ley porque, de hecho, tienen la licencia de configuración de modelo.

Muchos otros no lo hacen, pero la verdad es que los inspectores, en ningún lado, están en condiciones de medirlos, por lo menos en la vía pública y en el marco de un operativo tradicional.

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