Dolomita: la orden de sumario considera "no dictar" resolución hasta que lo haga la justicia

Así se ventiló en la última sesión del Concejo Deliberante, que había requerido insistentemente la documentación referida a la investigación relacionada con la causa penal por la que están procesados el jefe de Compras, Víctor Gustavo Bolognesi, el ex intendente Juan Carlos Mascheroni, el actual Pablo Zurro, y ahora se supo, también el contador Pedro Ornat, por "Defraudación a la administración pública por administración fraudulenta reiterada".
La orden de sumario administrativo relacionada con el caso dolomita, dictada mediante decreto por el intendente Pablo Zurro, en sus considerandos sostiene que "se podrá tramitar el procedimiento administrativo disciplinario pero no dictar una resolución definitiva hasta que exista sentencia definitiva con autoridad de cosa juzgada material en sede penal".

Así se desprende de la documentación que fuera elevada al Concejo Deliberante que fue tratada en sesión pública recientemente. El decreto lleva el Nº 837/2010 begin_of_the_skype_highlighting 837/2010 end_of_the_skype_highlighting, firmado por el intendente, Pablo Javier Zurro, y el secretario de Gobierno, Avelino Zurro. Si bien en su parte resolutiva decreta: "Artículo 1º: Dispónese la sustanciación de un sumario de investigación administrativa sobre los hechos denunciados en la IPP Nº 17-00-045113-06 que tramita en la Unidad Funcional Nº 3 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen", y designa instructor sumariante al asesor letrado de la comuna, Dr. José Luis Martínez, en sus considerandos apunta que "entre los auxiliares del Intendente se encuentran el Contador Municipal y el Jefe de la Oficina de Compras", correspondiendo al jefe comunal "el inicio de actuaciones administrativas de investigación de hechos o actos que pudieren resultar ilegales y que involucren a los auxiliares del Intendente y perjudiquen el interés público municipal".

Asimismo, puntualiza que "el Concejo Deliberante carece de competencia funcional para ordenar al Intendente Municipal la instrucción de un sumario administrativo", siendo de "competencia exclusiva del Departamento Ejecutivo tomar la decisión de iniciar sumarios administrativos de investigación de eventuales hechos ilícitos".

Finalmente, considera que "se podrá tramitar el procedimiento administrativo disciplinario pero no dictar una resolución definitiva hasta que exista sentencia definitiva con autoridad de cosa juzgada material en sede penal".

El decreto tiene fecha de 28 de septiembre de 2010.

En la causa penal correspondiente se investigan hechos de sobreprecios y simulación de compra precisamente de dolomita, material utilizado en el mejorado de calles de la ciudad, durante la anterior administración municipal, cuando Pablo Zurro era Secretario de Servicios, ocupando el mismo cargo que actualmente ocupa Víctor Bolognesi, en la jefatura de Compras. La denuncia, presentada por ocho concejales -cuatro de la UCR y cuatro de Un Compromiso con Pehuajó- en 2006, solicitaba la investigación del caso, que lleva adelante el fiscal Juan Martín Gárriz, del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, quien imputó a los nombrados, así como al ex intendente Juan Carlos Mascheroni, y ahora se supo, al contador municipal Pedro Ornat.

Como se sabe, el Concejo Deliberante basándose en la Ley Orgánica de las Municipalidades en una resolución (a la que se abstuvo el oficialismo) recordó que correspondía la suspensión preventiva del Jefe de Compras, dando, además, su consentimiento (dada la estabilidad del cargo) para su desplazamiento en caso que así lo considerara el Ejecutivo. El Intendente, en rueda de prensa, informó que solicitaría un dictamen el Asesor Letrado, cuyo resultado fuera también reclamado desde el Concejo, así como el decreto ordenando el sumario administrativo, que también fuera anunciado a traves de la prensa.

Finalmente, la documentación fue elevada al Deliberativo que la trató en la última sesión ordinaria del cuerpo, demandando un intenso debate.

Desde la oposición se insiste en lo que indica la Ley Orgánica de las Municipalidades, en su artículo 246 sobre "Suspensión y denuncia penal", que reza "los funcionarios o empleados a quienes se imputara la comisión de irregularidades graves serán preventivamente suspendidos y, si el caso lo exigiera, la autoridad municipal procederá en la forma indicada en el artículo 80 del Código de Procedimiento Penal de la Provincia".

Al respecto recuerdan que: "Art. 246.1. Textos normativos concordantes: El artículo citado del C:P:P:, antes Nº 73, rige como número 80, luego de la sanción de la Ley 11.922 y reza lo siguiente: "Toda autoridad o empleado público que, en el ejercicio de sus funciones, adquiriera el conocimiento de la perpetración de un delito que dé nacimiento a la acción pública, estará obligado a denunciarlo a la autoridad competente. En caso de no hacerlo, incurrirá en las responsabilidades establecidas en el Código Penal".

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