En su circular a bancos y agencias de cambio, el Banco Central dispuso que la operación se hará siempre a partir de una cuenta bancaria. Emplearán el tipo de cambio del día anterior.
En su comunicado, el BCRA también dio detalles sobre el tipo de cambio a aplicar: "El del día hábil bancario inmediato anterior al que se efectuó cada operación". Las autorizaciones de la AFIP especifican el monto en pesos del que se puede disponer para comprar divisas. A partir de la autorización del organismo tributario, las personas físicas tienen tres días hábiles para concretar la compra de dólares. El monto en divisas que finalmente podrán adquirir dependerá entonces del tipo de cambio de cierre un día antes de comprarlos.
En las primeras horas de la implementación de la flexibilización del cepo, los bancos y las casas de cambio de la City porteña aún no venden moneda extranjera para tenencia. La razón para no vender moneda extranjera se basó en la no existencia de una resolución del Banco Central. La circular llegó poco después pero su existencia no validó la entrega de divisas. "Tenemos que adaptar el sistema" repitieron en las distintas entidas bancarias a Clarín.
Aquellos que se volcaron a las calles para hacerse de divisas para turismo también tuvieron inconvenientes: en las casas de cambio consultadas debían modificar el sistema tras la marcha atrás del Gobierno en la retención para compras en el exterior y paquetes turísticos.
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