Dos directivos de la empresa 9 de Julio, a juicio por contaminar el río Salí

Dos directivos de la empresa 9 de Julio, a juicio por contaminar el río Salí
La Cámara Federal de Apelaciones confirmó la elevación a juicio oral de la causa contra los empresarios Héctor Márquez y Ricardo Otrino, debido a la contaminación del río Salí con desechos provenientes del basural de Los Vázquez.
La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó la elevación a juicio oral y público de la causa contra directivos de la empresa "Transportes 9 de Julio" por la contaminación con residuos sólidos y desechos tóxicos de la cuenca Salí-Dulce.

La medida alcanza a Héctor Márquez y Ricardo Otrino, autoridades de la firma que hoy está encargada del servicio de recolección domiciliaria de residuos en el Gran San Miguel de Tucumán.

Ambos serían responsables, según la Justicia Federal, de haber envenenado las aguas del río Salí con desechos tóxicos y patológicos provenientes del basural de Los Vázquez, que es donde la empresa arrojó la basura de la Capital y sus alrededores desde 1991, cuando se hizo cargo del servicio, hasta 2004, cuando el predio fue cerrado.

En 2004 y en 2006, el entonces juez federal Jorge Parache dispuso el procesamiento sin prisión preventiva de Otrino, primero, y de Márquez, luego, por considerarlos presuntos autores penalmente responsables del delito de contaminación ambiental con riesgo para la salud, previsto y penado por la ley nacional 24.051, de Residuos Peligrosos.

En su artículo 55, esa norma prevé "penas de 3 a 10 años de prisión a aquel que envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, la atmósfera o el ambiente en general".

Además, establece que si esa contaminación "fuera seguida de la muerte de alguna persona, la pena será de 10 a 24 años de reclusión o prisión".

En febrero 2011, luego de rechazar los planteos de apelación promovidos por la defensa de los imputados, el titular del Juzgado Federal Nº 1, Daniel Raúl Bejas, confirmó los procesamientos, declaró clausurada la etapa de instrucción y elevó la causa a juicio oral y público.

El abogado de Otrino y Márquez, Agustín Ferrari, apeló esa sentencia y reclamó ante el Tribunal de alzada que se declare la prescripción de la acción penal del delito imputado a ambos por haberse excedido el plazo razonable de juzgamiento.

Finalmente, en un fallo dictado esta semana, con la firma de los camaristas Graciela Fernández Vecino, Ernesto Clemente Wayar, Raúl David Mender y Ricardo Mario Sanjuán, fue confirmada la resolución de Bejas y declarados desiertos los recursos de apelación interpuestos por la defensa.

Los miembros de la Cámara Federal argumentaron que si bien la causa se inició en 1998, a partir de una denuncia presentada por el abogado Orlando Stoyanoff Isas, "los imputados fueron vinculados al proceso a partir de los llamados a prestar declaración indagatoria en fecha 20 de octubre de 2003 (en el caso de Otrino) y 13 de marzo de 2006 (respecto a Márquez)". Teniendo en cuenta estos plazos, el Tribunal hizo notar que no transcurrieron más de 14 años desde la comisión de los hechos delictivos imputados a los acusados como para que la causa prescriba.

"Corresponde remarcar que no se desconoce el derecho del imputado a ser oído judicialmente en un plazo razonable, pero no se advierte evidenciado que se hayan avasallado las garantías que la Constitución Nacional le otorga en el artículo 18 a los habitantes de la Nación, en razón de una prolongación injustificada del proceso que permita considerarla como manifiestamente irrazonable", argumentó la Cámara Federal de Apelaciones en su fallo, al que EL SIGLO tuvo acceso.

Además, el Tribunal acotó que "tampoco puede desdeñarse el hecho de que se ha declarado la clausura de la etapa instructora, lo que permite colegir que el juzgamiento en debate oral y público podría tener lugar próximamente".

La causa

Según el expediente, en 2000 se constató que en el predio de Los Vázquez había “residuos tóxicos y patógenos sin un tratamiento adecuado” que produjeron “la contaminación del agua, suelo y atmósfera o ambiente desde 1998, siendo que ese lugar se encuentra limitado por el río Salí, que fue transformado en un receptor de los residuos peligrosos producto de esa actividad”.

En base a la inspección realizada por personal del Sistema Provincial de Salud (SIPROSA) se descubrió que entre los residuos urbanos había "gasas, algodones con exudados sanguinolentos, jeringas descartables, pañales y envases que contenían suero fisiológico y plasma sanguíneo, entre otros elementos contaminantes".

La contaminación, dice el expediente, también se detectó en el agua de las napas subterráneas que desembocan en el río Salí, a raíz de la presencia de elevados niveles de cromo hexavalente (provoca daños en la salud), según las pericias realizadas por la Policía Científica del Departamento Químico de Gendarmería Nacional.

Además, la Secretaría de Medio Ambiente de Tucumán había advertido que el predio Los Vázquez, ubicado a pocos metros del cauce del río Salí, no reunía las condiciones sanitarias para operar.

Otros basurales, los mismos problemas

Es oportuno recordar que el vaciadero de Los Vázquez funcionó hasta diciembre de 2004, cuando se dispuso su cierre. Luego, los residuos fueron depositados en la planta de Pacará Pintado, hasta 2010, cuando ese último vaciadero dejó de operar parcialmente, para convertirse en planta de transferencia, y se estableció que el destino final de la basura que se genera en el Gran San Miguel de Tucumán (unas 800 mil toneladas diarias) sea el predio de Overa Pozo. Mario Delfor Criado, dueño de la empresa Transportes y Servicios La Banda SRL, encargada de administrar esas dos últimas plantas de tratamiento de residuos, también quedó a punto de ser sometido a un juicio oral luego de que la misma Cámara Federal confirmara, días atrás, su procesamiento en una causa similar a la que involucra a las autoridades de "Transportes 9 de Julio".

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