En el transcurso de la Decimosexta sesión del período ordinario, la Cámara de Diputados consideró y otorgó acuerdo por mayoría de votos, no obstante la negativa de la oposición, al Mensaje y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, el que impone el nombre de “Profesora Margarita Ferrá de Bartol”, al edificio público ubicado en la intersección de las calles San Luis y Mendoza, lugar donde funciona el Centro de Formación Profesional Docente.
En el transcurso de la Decimosexta sesión del período ordinario, la Cámara de Diputados consideró y otorgó acuerdo por mayoría de votos, no obstante la negativa de la oposición, al Mensaje y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, el que impone el nombre de “Profesora Margarita Ferrá de Bartol”, al edificio público ubicado en la intersección de las calles San Luis y Mendoza, lugar donde funciona el Centro de Formación Profesional Docente.
Luego, los parlamentarios resolvieron tras analizarlo, aprobar el proyecto de Ley, autoría de la legisladora Carla Muñoz, que instituye el día 11 de noviembre como Día Provincial del Deportista Sanjuanino.
Renuncia de Juez de Cámara
Sobre tablas fue considerada la Nota de la Corte de Justicia de la provincia, por la que remite la renuncia condicionada al cargo de Juez de Cámara, presentada por el doctor Eduardo Jacinto Gil.
Por otra parte, El cuerpo debatió y dio acuerdo al Mensaje y Proyecto de Ley remitido por el Poder Ejecutivo, mediante el que aprueba el convenio celebrado entre la Provincia y el Gobierno Nacional, en referencia al Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas.
Ello a partir del Convenio entre la provincia de San Juan y el Gobierno Nacional; celebrado el 31 de julio de 2014, entre el Gobierno Nacional, y la provincia de San Juan, en el marco de las facultades conferidas por la Ley Nº 8413 de Presupuesto Año 2014.
Asimismo, el texto señala que el Poder Ejecutivo Provincial otorga irrevocablemente a favor del Estado Nacional, los derechos sobre las sumas a percibir por el Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por el Acuerdo Nación-Provincias, hasta la total cancelación del capital más los intereses y autorízase a la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, para retener automáticamente del régimen citado, los importes necesarios para la ejecución del convenio bilateral.
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