Los diputados pertenecientes al Frente para la Victoria presentaron un proyecto para establecer por Ley que el menor costo de la energía consumida en la provincia gracias a la llegada del interconectado nacional, que hace dos semanas inaugurara la Presidente, sea trasladado a la tarifa actual que abonan los consumidores, primordialmente aquellos que demuestren situación de vulnerabilidad.
El texto da cuenta que desde el año 2003, a partir de la gestión presidencial de Néstor Kirchner, el Estado Nacional tomó la decisión de realizar las obras necesarias para hacer frente al significativo crecimiento de la demanda eléctrica que en los últimos 10 años se duplicó y a su vez integrar al País a aquellas Provincias y Regiones, que como la Provincia de Santa Cruz, se encontraban aisladas del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). Mediante el mismo se construyeron más de 5.500 km de Líneas de 500kv que representan una expansión del 61% de la Red de Transporte existente en el año 2003. Estas obras permitieron conectar al Sistema de Alta Tensión no solo a Santa Cruz, sino también a otras 9 provincias y regiones que estaban aisladas hasta ese momento: Salta, Jujuy, Formosa, Chaco, Santiago del Estero, La Rioja, San Juan, Chubut, y el sur de Mendoza; dando cuenta de un verdadero federalismo.
“El Estado Nacional realiza un notable esfuerzo para hacer llegar la infraestructura necesaria para el acceso a los servicios básicos a todo el territorio nacional, aún a aquellas regiones históricamente postergadas. Adicionalmente, protege el poder adquisitivo de los argentinos a través de la implementación de un esquema de tarifas para que ningún usuario con capacidad de pago insuficiente u otro tipo de vulnerabilidad sea excluido de la prestación” afirma el documento. Solicitando al gobierno provincial que “se aseguren los mecanismos pertinentes a fin de que estos menores costos a los que accederá Servicios Públicos Sociedad del Estado puedan ser percibidos por el usuario final mediante un menor valor de su factura por el servicio eléctrico y tenga el impacto buscado por el Estado Nacional en atender el reclamo histórico de la Provincia de Santa Cruz.” Teniendo en cuenta que la Tarifa de Energía Eléctrica que aplica Servicios Públicos Sociedad del Estado a sus usuarios refleja la incidencia de 3 componentes de costo: generación eléctrica, transporte y distribución; claramente la sustitución de energía de Río Gallegos genera una disminución en el componente “generación eléctrica” que debe traducirse en un menor costo en la Tarifa Final del Servicio que abonan los usuarios de energía eléctrica de Servicios Públicos Sociedad del Estado en toda la Provincia.
En su artículo segundo, la norma establece el cálculo oportuno a realizar para determinar el ahorro concreto que tendrá la provincia en la provisión de la energía eléctrica demandada. Y fija, mas adelante, que el noventa por ciento de dicho monto se distribuirá entre los usuarios de toda la Provincia que reúnan algunas de las siguientes condiciones: Hogares de bajos recursos y/o con ingresos insuficientes; hogares de planes de viviendas sociales; servicios asistenciales y geriátricos públicos; hogares con construcción desfavorable o precaria; beneficiarios de la jubilación mínima y/o de ama de casa; hogares electrodependientes con motivo de enfermedades o similares; hogares electrodependientes por no disponer del servicio de agua y/o gas o en ubicación geográfica dispersa que demuestren la necesidad de ser considerados en este artículo; y el resto de hogares que no encontrándose en alguna de las condiciones detalladas demuestren la necesidad de ser considerados. De esta forma, los principales beneficiarios de la Interconexión de la Provincia al Sistema Argentino de Interconexión serán los usuarios de menores recursos y en condiciones más desfavorables auspiciando así la igualdad de oportunidades, la inclusión social y la mejora de la calidad de vida.
Finalmente, establece abrir un Registro Público de Beneficiarios en la órbita de la autoridad de aplicación, para la cual designa al Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, que tendrá la misión además de realizar los cálculos pertinentes y controlar que los mismos se correspondan con los efectivamente aplicados por Servicios Públicos Sociedad del Estado. A partir de la promulgación de esta Ley el Poder Ejecutivo Provincial deberá reglamentarla en un término de treinta (30) días corridos.
Por último se aclaró que la generación eléctrica local que continúe llevando adelante las unidades generadoras de Servicios Públicos Sociedad del Estado, que hasta la interconexión de la Provincia de Santa Cruz al Sistema Argentino Interconectado era soportado por los propios usuarios de la Provincia, pasará a ser adquirida por el Mercado Eléctrico Mayorista.

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