El Senado sancionó un mecanismo y creó la figura del Procurador penitenciario. Opositores creen que tiene puntos flojos.
Esa iniciativa es el centro de fuertes críticas de los diputados que la analizan y la tienen demorada.
Dicen que a los senadores les "hicieron pasar un elefante en el apuro" y se resisten a dar el aval, puesto que entienden que se crea "una estructura para conchabos políticos", tal como indica Daniel Cassia (PF), "con más prerrogativas que todos los poderes del Estado", grafica Luis Petri (UCR) y "con salarios de los más altos de la administración pública", señala Aldo Vinci (PD).
En el fondo, la sospecha es que el proyecto de ley está redactado por el Ejecutivo a medida de algunos organismos de defensa de los derechos humanos y, particularmente, de algunos reconocidos abogados especialistas en esta rama del derecho.
La iniciativa fue remitida en noviembre de 2008 a la Casa de las Leyes. En ella se crea un organismo que, por error, se denomina "Mecanismo" Provincial de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles.
En realidad se trata de una comisión encargada de aplicar el protocolo contra las torturas. Esta comisión será la encabezada por el Procurador de las Personas Privadas de la Libertad. Esta comisión estará conformada por representantes de organizaciones no gubernamentales vinculadas a la defensa de los derechos humanos.
Uno de los puntos más polémicos se refiere a lo que se establece en el artículo 5 inciso f del proyecto. En él se señala que los miembros de esta comisión pueden acceder sin restricción alguna a toda información de personas y lugares de detención, aun los que se encuentren bajo secreto de sumario.
"Esta intromisión puede afectar el desarrollo de una investigación judicial" indica el radical Petri; mientras que el demócrata Vinci señala que "son los fiscales los que llevan la carga de la prueba". El radical indica que, cuando sea necesaria la compulsa de expedientes bajo secreto sumarial, debería pedirse la autorización al juez de Garantías.
Otro punto polémico es el artículo 7, en el que se determina la participación de esta comisión en la investigación de los casos de torturas que, según los diputados, no deberían exceder la de brindar asesoramiento y patrocinio de las víctimas, sin costas y sin posibilidad de cobrar honorarios o viáticos.
En el artículo original no se mencionaba la imposibilidad de regular honorarios y se reservaban toda la acción investigativa, "cuando hay organismos específicos a tal fin, como la Inspección General de Seguridad y la Justicia", dijo Petri.
Otro punto que despierta escozor, incluso más allá de los ámbitos legislativos, es lo que prescriben los incisos d, e y f del artículo 10 del proyecto mandado por el Ejecutivo: supervisar las condiciones de trabajo del personal penitenciario, asesorar sobre la designación y ascensos del personal de las fuerzas de seguridad y de las empresas de seguridad privadas; y en la designación y ascensos de magistrados y funcionarios judiciales.
Controles y privilegios
Respecto de las fuerzas de seguridad, el peronista federal Daniel Cassia sostiene que "el problema es la falta de control político en la orgánica penitenciaria". Luego, el diputado apunta a uno de los abogados especialistas en derechos humanos que fuera funcionario de Celso Jaque: "El actual responsable de la política penitenciaria (el director general del Servicio Penitenciario David Mangiafico), fue nombrado por Diego Lavado".
Otro de los puntos conflictivos es el del salario del procurador, que sería el mismo que el del fiscal de Estado, funcionario que está enganchado a las remuneraciones de Suprema Corte, cosa que es difícil de aceptar tanto para Petri como para Vinci. "Va a ganar más que el gobernador", expresa el radical; "Tendrá uno de los salarios más altos de la administración pública y, encima, puede designar a quien quiera como su segundo, con un sueldo de relator de la Suprema Corte".
La frutilla del postre es que el procurador y los miembros de la Comisión tendrán inmunidades como las de los legisladores: la de arresto (salvo que sea sorprendido in fraganti cometiendo un delito) y la de opinión.


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