Difundieron los contenidos de la ley para controladores de boliches

Referentes del Registro de Controladores de Admisión y Permanencia (RECAP) de la provincia visitaron ayer Bolívar, para difundir los alcances de la ley nacional, a la que adhiere la provincia, referida a la labor y condiciones de trabajo de los controladores de admisión y permanencia de los boliches, pubs y restoranes, popularmente conocidos como patovicas.
También estuvieron presentes el representante legal de Sindicato Único de Controladores de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUCAPRA), Jeremías Del Río, y el bolivarense Sebastián Suñol, asesor del gremio a nivel local. También el delegado regional y promotor de la reunión de ayer, Fabio De Sandro.

El cónclave se desarrolló en el Salón Verde de la municipalidad, con la presencia de controladores, propietarios y encargados de boliches. El encuentro, que no tuvo una gran repercusión desde el punto de vista de la cantidad de concurrentes, fue abierto a toda la población.

La ley nacional que rige en la materia es la 26.370, del 2005, a la que la provincia adhirió en 2009 mediante la ley 13.964 con decreto 1096. Esta norma creó el RECAP, un órgano de fiscalización tripartito entre Derechos Humanos, el Ministerio de Justicia y Seguridad y el Ministerio de Trabajo.

"La primera tarea es de difusión, de comunicarle a la gente cuáles son las exigencias en relación a la documentación (inscripción en blanco y otros puntos)" necesaria para anotar a los controladores en el RECAP, indicó a este diario Martín Leguizamón, a cargo del Departamento de Registros (el otro es el de Habilitaciones) del RECAP, que depende del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Nación.

Próximamente se enviará a los pueblos del interior bonaerense una unidad móvil, para que allí se inscriban los controladores de los boliches, pubs y restoranes. Luego de un plazo de tiempo para que el sector se adecue a esta obligación, "habrá fiscalizaciones y controles", y finalmente se sancionará a los incumplidores.

La ley rige para boliches, pubs, eventos artísticos como recitales y otros e inclusive va siendo incorporada paulatinamente al deporte. Se exige un controlador cada ochenta personas. "Lógicamente, si el lugar está habilitado para treinta individuos, de todos modos tiene que tener un controlador", aclaró Leguizamón. Y cada doscientas personas debe haber un controlador general, que por su parte fiscaliza la labor de los otros controladores.

SUCAPRA y el RECAP trabajan juntos, sobre la base de un convenio marco que han suscripto. De todos modos, "ellos son un sindicato, y nosotros somos la representación del Estado", aclaró Leguizamón.

Como premisa principal y central, se le exige al empleador contratar en blanco a los controladores, puntualizó el jefe del Departamento de Registros del RECAP: "El trabajador debe tener una relación de dependencia con el empleador o con la empresa CAP (Controladores de Admisión y Permanencia), dado que la ley prevé que los controladores dependan directamente del empleador -el boliche, pub, restorán u organizadores del evento- o de la empresa, ya que la seguridad se puede tercerizar a una CAP, habilitada previamente por nosotros también".

En relación a la exigencia de blanquear, Leguizamón apuntó que se pretende jerarquizar la tarea de los controladores y que se les respeten todos los derechos básicos de cualquier trabajador. En los rubros contemplados por esta ley, que son los referidos a los locales nocturnos, "hemos encontrado muchas falencias, y graves", en la citada materia, admitió.

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