El bloque opositor encargó un dictamen que señala que el proyecto debió aprobarse por los dos tercios de los votos. Pero el oficialismo lo sacó por mayoría simple. Sostienen que podrían ir a la Justicia
Desde el inicio, el justicialismo planteó que un proyecto de esa envergadura, que crea una sociedad anónima por 99 años, debió salir por los dos tercios de los votos y en doble lectura. Ahora, con un dictamen jurídico entre manos, el principal partido opositor sostiene que la ordenanza es nula y que, por lo tanto, uno de los proyectos más ambiciosos de la gestión de Juan Jure carece de validez jurídica.
En los hechos, lo que votó el oficialismo fue el embrión del banco regional: un instituto financiero para el desarrollo regional en el que los tres municipios son socios y que comenzaría financiando proyectos productivos.
Sin embargo, el justicialismo señala que no sólo le faltaron votos al oficialismo para cumplir con la Carta Orgánica sino que, además, el objeto del instituto financiero es tan amplio y difuso que incluso invade áreas que son propias del Estado municipal.
La oposición le pidió un dictamen al constitucionalista riocuartense Ricardo Muñoz y el siguiente paso será pedirle formalmente al gobierno municipal que devuelva la ordenanza para que se apruebe en los términos en que debió salir originalmente del Concejo Deliberante.
“El proyecto salió con sólo 10 votos a pesar de que queda claro que, necesariamente, tratándose de la creación de una sociedad anónima en la que participa el Municipio, debe haber doble lectura y mayoría agravada porque está de por medio lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, que señala que todo lo que sean sociedades de economía mixta y sociedades del estado tienen que cumplir esa condición. Aquí ni siquiera se pudo discutir en comisión el proyecto porque lo aprobaron en una semana”, manifestó Víctor Núñez, jefe del bloque justicialista.
¿Cuál es el fundamento para requerir los dos tercios de los votos y la doble lectura? Muñoz desmenuza el inciso 5º del artículo 85 de la Carta Orgánica Municipal, que señala: “Se requiere doble lectura para la aprobación de las ordenanzas que disponen: [...] la creación de empresas municipales y de economía mixta”.
Además, el constitucionalista plantea: “En lo que hace a la creación de empresas públicas con el amplio alcance de la actual requiere la aprobación por el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Concejo Deliberante tanto en su primera como segunda lectura”.
Por eso Núñez sostiene que el gobierno debería devolver la ordenanza. Pero, además, se comprometió a que el justicialismo dará el debate para que el Banco Regional salga consensuado y que tratará de hacerlo con la mayor celeridad posible. De lo contrario, el jefe del bloque justicialista planteó que si el Ejecutivo cierra la vía de la negociación política, entonces, a la oposición no le quedará otro camino que ir a la Justicia. “Lo contrario sería avalar una irregularidad”, manifestó Núñez.
Otra de las críticas que lanzó el justicialismo es la escasa participación de los órganos legislativos en el Instituto, que será una sociedad anónima y que podrá realizar movimientos financieros de importante envergadura.
“Hay una falta de participación de los estamentos de representación de pueblo. Porque en el estatuto está contemplado que únicamente participan en las decisiones los delegados de cada municipio, sea el intendente o quien él designe. Si este instituto tiene, por ejemplo, acceso a un crédito internacional nosotros en los concejos deliberantes no vamos a tener ni voz ni voto, a pesar de que la Carta Orgánica nos fija una función específica y central”, manifestó Núñez.
Los puntos clave del dictamen
A continuación, algunos párrafos del dictamen del constitucionalista Ricardo Muñoz:
“Según reza el inciso 5º del artículo 85 de la Carta Orgánica Municipal, “se requiere doble lectura para la aprobación de las ordenanzas que disponen: [...] la creación de empresas municipales y de economía mixta”.
“Cualquier forma organizativa descentralizada que adopte el Estado Municipal de Río Cuarto para prestar servicios o realizar actividades económicas, comerciales, financieras, industriales, etc., requiere necesariamente el procedimiento de doble lectura y en lo que hace a la creación de empresas públicas con el alcance amplio que hemos mencionado requiere la aprobación por el voto favorable de los dos tercios de los miembros del Concejo Deliberante tanto en su primera como segunda lectura”.
“Interpretar la Carta Orgánica en el sentido de que la exigencia de la doble lectura y mayoría agravada es aplicable exclusivamente cuando se trata de la creación de empresas del estado municipal y no de empresa pública en sentido amplio, encubre una estrategia tendiente a eludir la necesaria intervención de los representantes de las fuerzas políticas distintas del oficialismo de turno, sustancial y formalmente requeridas para alcanzar los consensos políticos mayoritarios que requiere un emprendimiento societario, cuya duración en el tiempo está prevista para noventa y nueve años”.
“La propuesta de creación del IFIDER S.A. bajo la forma de sociedad anónima implica la ‘privatización’ de funciones municipales, que salen del ámbito de lo público estatal para ingresar al ámbito privado bajo la forma jurídica de sociedad anónima, sustrayéndolas de la participación del Concejo Deliberante en el futuro. Por medio de esta Sociedad Anónima entonces el Estado Municipal transfiere a un ente privado competencias típicamente estatales. Si es privatización, entonces, corresponde la aplicación del artículo 85 de la Carta Orgánica y por ende doble lectura y aprobación por mayoría de los dos tercios”.
“La sanción de la ordenanza sin aprobación de la mayoría agravada de dos tercios de la totalidad de los miembros del Cuerpo, convierte a la norma en un acto estatal nulo de nulidad absoluta e insanable por un vicio grave en su procedimiento de sanción; cual es el desprecio de la mayoría parlamentaria requerida”.

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