La refinanciación abarca a distintos impuestos municipales. Hay un plan de pago distinto para cada tasa. La mayoría debe entre tres y cuatro cuotas.
La refinanciación abarca distintos impuestos como Limpieza y Conservación de la Vía Pública Municipal; Servicios Sanitarios; Inspección de Seguridad e Higiene; Patente de Rodados; Impuesto a los Automotores, Ley 13010 y Ley 13155; Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal; Derechos de Usos de Playas y Riberas; Movimiento de Micros; Alquileres; Deudas Individuales; Contribuciones por mejoras; Derecho de Construcción y Multas emitidas por los Juzgados de Faltas I y II.
El secretario de Economía municipal, Mario Scévola, indicó que la mayoría de los anotados adeuda entre tres o cuatro cuotas. Y dijo que en general “es gente que tiene una conducta tributaria que por cuestiones económicas del año pasado no pudieron hacer frente a los pagos de los tributos y probablemente por un repunte de la economía a fin de año o aguinaldos y demás deciden ponerse al día ahora”.
Tasas
Cada plan de pago por tasas adeudadas podrá tener hasta 60 cuotas mensuales y consecutivas. En todos los casos, el pago mínimo de la cuota de cada plan no podrá ser inferior a $ 45 o a la cuota corriente, si es menor.
Los pagos hasta en tres cuotas tendrán un ciento por ciento de condonación de recargo; entre cuatro y seis cuotas, 75% de condonación de recargo; entre siete y 12 cuotas, 50% de condonación de recargo; entre 12 y 60 cuotas, se aplicará una tasa de interés efectiva mensual del 2%.
Contribución por Mejoras
Se fijará un plan de pago por cada Contribución por Mejoras que adeude el contribuyente. Cada plan de pagos podrá tener hasta 48 cuotas mensuales y consecutivas. En todos los casos el pago mínimo de la cuota de cada plan de pago no podrá ser inferior a $ 45 o la cuota corriente, la que fuere menor.
Para el pago en una cuota, hay un ciento por ciento de condonación de recargos; entre dos y seis cuotas, 75% de condonación; entre siete y 12, 50%; entre 12 y 48 cuotas se aplicará una tasa de interés efectiva mensual del 2%.
Derecho de Construcción
Se fijará un plan de pago por cada Derecho de Construcción que adeude el contribuyente. Cada plan de pagos podrá tener hasta 24 cuotas mensuales y consecutivas. En todos los casos el pago mínimo de la cuota de cada plan de pago no podrá ser inferior a $ 50 o la cuota corriente, la que fuere menor.
Pago en una cuota: 100% condonación de recargos. Pago entre dos y seis cuotas: 75% condonación de recargos. Pago entre siete y 12 cuotas: 50% de condonación.
Pagos entre 13 y 24 cuotas, se aplicará una tasa de interés efectiva mensual del 2%.
Multas de tránsito
Se fijará un plan de pago por cada Multa emitida por los Juzgados de Faltas y que adeude el infractor. Cada plan de pagos podrá tener hasta 12 cuotas mensuales y consecutivas. En todos los casos el pago mínimo de la cuota de cada plan de pago no podrá ser inferior a $ 25.
En caso de que el infractor quiera abonar de contado el importe total de la multa, obtendrá una bonificación del 20%.
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