DEUCO rechazó el tarifazo de Macri en el Subte y pidió la nulidad de la Audiencia Pública

DEUCO rechazó el tarifazo de Macri en el Subte y pidió la nulidad de la Audiencia Pública
El día viernes comenzó la Audiencia Pública convocada por el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para considerar la propuesta de aumentar la tarifa del subte en un 40%.

DEUCO, a través de su presidente Pedro Bussetti, expuso en dicha jornada, rechazando enérgicamente el TARIFAZO de MACRI y pidiendo la nulidad de la audiencia, por las siguientes razones:

El gobierno de la Ciudad:

1 ) No cumplió el artículo 28º de la Ley 4472, Marco Regulatorio del Subte, que lo obliga a establecer la Tarifa Técnica , que refleja los costos de la explotación del Subte, por lo que se desconoce el monto de dicha explotación. El presidente de SBASE Juan Pablo Piccardo, manifestó en enero de 2013 que dichos costos serían de 1200 millones de pesos, anteayer se corrigió diciendo que eran de 1400 millones de pesos anuales, y en la propuesta elevada para su tratamiento en la audiencia pública no aportó ningún dato referido a dicho tema.

2 ) No cumplió el artículo 9º de la Ley 4472, que lo obliga a celebrar el Contrato de Concesión con la actual prestataria o con quien el Poder Ejecutivo designe. No se conoce ningún documento oficial que ratifique la continuidad de Metrovías u otra empresa.

3) No realizó la Auditoría integral de los últimos 3 años de concesión de la empresa Metrovías, dispuesta en el artículo 7º de la Ley 4472, para comprobar el grado de cumplimiento del contrato de concesión, la gestión de calidad del servicio, la realización de las obras e infraestructura, el adecuado mantenimiento de las unidades del servicio. Al respecto, el presidente de SBASE manifestó que entre los últimos 3 y 5 años Metrovías no realizó el mantenimiento de 265 vagones.

4) No presentó ningún dato económico sobre los nuevos ingresos que recibirá la Ciudad en función del aumento de las patentes automotor, el impuesto a los sellos y la Contribución Especial del Peaje de las autopistas urbanas.

5) No presentó ningún dato económico sobre los nuevos ingresos que recibirá la Ciudad por la gestión de las explotaciones colaterales del subte, que hasta el 31 de diciembre estaban a cargo de Metrovías: publicidad gráfica, sonora y visual en los andenes, tendido de fibra óptica con las empresas de telefonía, alquileres de los espacios y locales en estaciones y túneles para peatones, etc. De acuerdo a estudios realizados por legisladores de la Ciudad, la recaudación por estos conceptos alcanzaría a 900 millones de pesos anuales.

6 ) La base argumental para aplicar el TARIFAZO es la inflación anual del 26% del año 2012, pero el aumento de la tarifa es del 40% ( de $ 2,50 a $ 3,50 ). Si hacemos la comparación con la tarifa vigente a diciembre de 2011 ( $ 1,10 ) el incremento acumulado es del 218%.

7) Incumple el artículo 36º de la Ley 4472, que dispone la obligatoriedad de subsidiar la tarifa a aquellas personas que padezcan limitaciones físicas que impliquen un impedimento al acceso al servicio, jubilados y pensionados y estudiantes del ciclo primario. Ni siquiera han sido ratificadas las actuales exenciones que rigen para jubilados, pensionados, alumnos y personas con discapacidad.

8) Al haber anunciado el día anterior a la realización de la Audiencia Pública la aplicación del aumento de tarifas, ha vaciado de legitimidad a la misma, ya que antes de ratificar dicho incremento debió aguardar la realización de la audiencia y el posterior informe que de acuerdo la normativa vigente debe realizar el Ente Unico Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad de Buenos Aires.

9) No presenta ningún estudio relativo al impacto que en la cantidad de usuarios del subte provocaría el TARIFAZO de $ 3,50. Por efecto del aumento de tarifas dispuesto en enero de 2012, la cantidad de usuarios del servicio de subte disminuyó de 310 millones a 240 millones por año; de 850.000 pasajeros diarios a 660.000. De este modo, dejaron de utilizar el subte 190.000 personas por día, que debieron optar por el servicio de colectivos en razón del menor valor del pasaje. ¿ Cuál será la incidencia del TARIFAZO de MACRI en la merma de usuarios del subte ?.

10) No dispuso ninguna medida para cumplir con el artículo 35º de la Ley 4472, por el cual se subsidia la tarifa a sectores sociales vulnerables. ( Tarifa Social ).

Por lo expuesto:

DEUCO rechaza el TARIFAZO de MACRI y plantea la nulidad de la Audiencia Pública.

Pedro A. Bussetti

Presidente

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