Por la despenalización del aborto: el Juzgado de turno negó la recepción de habeas corpus

Por la despenalización del aborto: el Juzgado de turno negó la recepción de habeas corpus
Mil mujeres presentaron en los tribunales de todo el país una acción de habeas corpus preventivo y colectivo para que el Poder Judicial declare inconstitucional la criminalización de la interrupción voluntaria del embarazo, y que inste al “Poder Legislativo Nacional a adecuar la normativa vigente que criminaliza las prácticas del aborto voluntario con el plexo normativo internacional y los derechos consagrados constitucionalmente que emanan de aquel”.
En Mar del Plata, el juzgado de garantías en turno –Nº3- fue el único que se negó a recibir el recurso, luego de leerlo, argumentando que el mismo no era de su competencia. “Venimos a interponer un habeas corpus preventivo, conforme establecen el artículo 43 de la Constitución Nacional, art. 20 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en virtud de la amenaza actual e inminente, que padecemos, en razón del cercenamiento e ingerencia a nuestra libertad física con motivo de la existencia de normas inconstitucionales: los artículos 85 inciso 2º, 86 primer párrafo, y 88 del Código Penal de la Nación”, explicaron desde el colectivo de mujeres Las Juanas, al ingresar a los Tribunales marplatenses.

Afuera, una tela verde rodeaba el edificio, una joven representaba a “la justicia que no ve”, y relojes despertadores gigantes decoraban las inmediaciones: “Es hora de despertar a la justicia. Abortos clandestinos nunca más”, señalaban.

Luego de intentar realizar la presentación y discutir con el secretario a cargo del juzgado –dado que no cuenta con juez designado- las mujeres comentaron los resultados: “Entendemos que la vía escogida para prevenir e impugnar el inminente y actual cercenamiento de nuestra libertad física, resulta procedente, en virtud de su explícita consagración constitucional del instituto del Habeas Corpus (Art. 43 de la Constitucional Nacional), así como por la amplia función de protección a la afectación de las garantías constitucionales receptadas por la jurisprudencia, y que cualquier juez debe resguardar. Denunciamos públicamente que el doctor Víctor Pagela está desconociendo sus funciones como secretario a cargo de este juzgado, poniendo por encima de la garantía de un derecho, cuestiones de conciencia personal. De lo contrario, debería haber recepcionado el recurso tal como reza la Constitución”, concluyeron.

El recurso será presentado nuevamente el próximo lunes 4, a las 11 en el Juzgado de Garantías de turno.

Comentá la nota