A partir del primer día del 2014 regirá una suba de las alícuotas de Ingresos Brutos, según la resolución de la Dirección General de Rentas que fue publicada ayer en el Boletín Oficial. Así, financieras, telefónicas y algunas actividades productivas como la yerbatera tendrán una suba de las alícuotas de Ingresos Brutos.
Según lo publicado ayer, las actividades de producción y comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios que tributan hasta ahora 2,50 por ciento, sufrirán un incremento de 0,50 por ciento.
En tanto, la comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios, cualquiera fuese la actividad, cuando los mismos sean comercializados o prestados, según el caso, en forma directa a consumidores finales, que tributan 3,40 por ciento, ahora tendrán un aumento de 0,60 por ciento.
Asimismo, seguirán exentas las actividades que tienen alícuota cero, los servicios públicos y las industrias que no facturen más de mil millones de pesos anuales, las clínicas y sanatorios, así como prestadores de salud, los medicamentos de uso humano y los contribuyentes que no facturen más de 600 mil pesos brutos anuales.
La alícuota aplicable a actividades especiales, servicios de telecomunicaciones, intermediación y otros servicios financieros, excepto aseguradoras, casinos y otros juego de azar y apuesta, excepto las agencias, resultará de multiplicar el impuesto sobre los Ingresos Brutos con las subas de 0,50 y 0,60, según corresponda, con el coeficient
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