En la sesión del Concejo Deliberante pidieron a la provincia que se realicen los estudios de impacto ambiental correspondientes para emprendimientos proyectados en la zona del Delta.
En los fundamentos de la medida, se alude a las obras de infraestructura y asentamiento inmobiliario que están desarrollándose en la 1ra. sección de islas del Delta y a la suspensión de las mismas por sentencia judicial ante recurso de amparo presentado.
En los considerandos figura que "el Gobierno de San Isidro es responsable de la protección de las costas de su municipio, así como del derecho que el mismo tiene respecto a la proyección de los nuevos territorios que, por sedimentación, se acrecientan en su frente jurisdiccional, y la obligación como estado de proveer a la preservación del Patrimonio Natural."
Se apoya a continuación en los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional y en el 28 Provincial como así también en la ley 12599 pues "dentro de sus fundamentos, menciona expresamente al Convenio Constitutivo de la Región Metropolitana Norte donde se comprometen los intendentes municipales de los partidos de San Fernando, San Isidro, Vicente López y Tigre a guiar sus acciones promoviendo la cultura del diálogo y el consenso entre los ciudadanos, el gobierno nacional, el gobierno provincial y los gobiernos municipales, como método para impulsar el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos de la región, asimismo a planificar, gestionar y ejecutar todo tipo de emprendimiento de interés común para el progreso de las comunidades de los cuatro municipios integrantes de la Región, promoviendo la creación de una Reserva Natural en las Islas del Delta Bonaerense".
A través del artículo segundo de la resolución aprobada el deliberativo solicita a las autoridades provinciales competentes "que informe y consulte a las diferentes jurisdicciones de la Región Metropolitana Norte, sobre las obras de este proyecto urbanístico y todos aquellos que puedan ser motivo de modificaciones que impliquen efectos al caudal y/o nivel de las aguas que desembocan, sedimentación de los lechos y/o cualquier otra consecuencia positiva o negativa sobre una zona que es un recurso natural compartido dentro del ecosistema Delta-Río de la Plata, con impacto ambiental sobre todas las costas de los municipios ribereños cercanos".
El artículo siguiente está dirigido al Departamento Ejecutivo comunal al que solicita "informe si obran en su poder actuaciones respecto del emprendimiento inmobiliario que se está desarrollando en la 1ra. Sección de Islas del Delta, sobre el Canal Vinculación, Río Luján y Arroyo Pacú, caso contrario instar las actuaciones pertinentes que permitan evaluar los proyectos que se estén gestionando en toda la zona del Delta del Paraná dentro de los ámbitos territoriales de la Región Metropolitana Norte".
Por último solicita al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible "emita opinión respecto del desarrollo urbanístico que se viene proyectando sobre el Delta del Paraná, Primera Sección de Islas, y acompañe estudios, proyectos y/o informes que puedan servir para la evaluación de la sustentabilidad de todos los desarrollos que pretendan realizarse en el sector".
Comentá la nota