La UCR denunció el pastoreo ilegal en los bosques nativos

En el marco del debate parlamentario sobre el manejo de los bosques nativos, el bloque de diputados provinciales de la Unión Cívica Radical denunció que se “engordan vacas” de Río Negro con los bosques nativos de Chubut.
El diputado radical Carlos Lorenzo mencionó también la intervención de juzgados de paz en el registro de marcas y señales a “personas que no tienen tenencia alguna de campos y utilizan los fiscales, 100% de bosques nativos, para engorde de vacas traídas de Río Negro”.

“Un centenar de vacas producen un desastre ecológico. Formalicé la consulta a la Dirección General de Bosques y Parques a fin que me digan si dieron permisos para pastoreo en lugares que no podrían dar permiso. Aún no me contestaron”, sostuvo.

“Los que autorizaron por omisión o comisión (DGByP); los que engordan ganado de este modo; el Juez de Paz que implícitamente concede, están cometiendo un delito ecológico -fuero federal-, con las accesorias de fueros locales, como mal desempeño, incumplimiento de deberes, etcétera”, advirtió.

El bloque de la UCR trabaja desde la última sesión legislativa, en la que se conoció la decisión de suspender por 60 días la vigencia del decreto 268/11 -que da atribuciones a los municipios sobre áreas de bosques-, en aportar la mayor cantidad de elementos al debate instalado en defensa de los bosques nativos y del cumplimiento de la Constitución Provincial.

El bloque radical recibió fotografías sobre la presencia de ganado en el bosque nativo y otras situaciones. Lorenzo señaló la ley 13.273, cuyo articulado alude a esta problemática.

El artículo 46 dice: “queda prohibida la ocupación de bosques fiscales y el pastoreo en los mismos sin permiso de la Autoridad Forestal. Los intrusos serán expulsados por la misma, previo emplazamiento y con auxilio de de la fuerza pública, en caso necesario”.

Más adelante, aludió al decreto 764/04, Reglamento Unico de Aprovechamiento Forestal de los Bosques de la Provincia del Chubut. El artículo 47 considera a “las especies vegetales o parte de ellas palatables al diente del ganado dentro del bosque como producto no maderable del mismo”.

En tanto, el artículo 48 establece que “la Autoridad de Aplicación será quién otorgará permisos de pastoreo en superficies boscosas, zonas forestales y/o áreas forestadas, sujetas al régimen de la Ley 13.273, en el territorio de la Provincia del Chubut”. Y el 49 considera “infracción forestal, toda introducción de ganado en forma clandestina, dentro de las superficies boscosas”.

“Estos animales (por los de las imágenes aportadas) no se nutren de las partes palatables al diente del ganado dentro del bosque como producto no maderable del mismo: en realidad, se comen los renovables de ciprés y demás especies nativas”, estimó Lorenzo.

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