El secretario de Desarrollo Sustentable y Ambiente, Ariel Martínez, manifestó su conformidad tras la definición de las zonas de extracción y conservación de turberas en Tierra del Fuego, en el marco del plan de ordenamiento establecido este año a través de la Resolución 401/11. De este modo, se fijó un esquema en el que se definieron cuáles son las zonas en las que se puede extraer la turba y cuáles se dejarán para conservación.
En un taller organizado por la Fundación Ambiente de Recursos Naturales en 2008, del que participaron técnicos de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente, investigadores y organizaciones no gubernamentales, se consolidó la idea de crear una comisión para regular el uso y aprovechamiento de las zonas turberas en Tierra del Fuego.
En ese contexto, quienes participaron del taller observaban la necesidad de hacer un reordenamiento en el cual se determinaran los lugares de la Provincia donde se pudiera realizar tareas de extracción y de conservación.
Por ese motivo, en 2010 se resolvió finalmente crear la comisión de ordenamiento de turberas de carácter interdisciplinario, que fue coordinada por la Dirección General de Recursos Hídricos dependiente de la Secretaría de Desarrollo Sustentable y Ambiente.
Así, tras delinear los principios generales del ordenamiento, dicha comisión integrada por profesionales del Instituto Fueguino de Turismo; de las Secretarías de Desarrollo Sustentable y Ambiente, y de Promoción Económica y Fiscal respectivamente; así como de Planificación Territorial y Vialidad Provincial, se trabajó en la confección de un esquema de ordenamiento en el que se definió puntualmente estas zonas.
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