A raíz del incumplimiento contractual por parte de una empresa constructora de viviendas americanas, el Defensor del Pueblo, elevó copia de la documentación de la investigación a la Fiscalía Penal N° 7 del Poder Judicial.
Cabe aclarar que los ciudadanos damnificados denunciaron ante esta Institución que la Empresa Constructora de viviendas americanas, no cumplió con los contratos oportunamente celebrados. Asimismo, la denunciada nunca contestó a los consumidores, ni a esta Institución, conducta que trasluce la mala fe de la proveedora y su desinterés e intencionalidad negativa respecto del cumplimiento de las obligaciones asumidas además de configurar una obstaculización a las investigaciones que realiza el ombudsman. Se suma a ello, la desaparición sin previo aviso, de las sucursales de Salta y Jujuy.
Las numerosas personas que iniciaron sus quejas en la Institución declararon que los incumplimientos contractuales por parte de la empresa se manifiestan en la falta de entrega de las viviendas o terminación de las mismas.
En tal sentido, debe considerarse que los compradores de viviendas, revisten el carácter de “consumidor” como lo es un pasajero de transporte, o de telefonía móvil por ejemplo, de manera que, la Ley de Defensa del Consumidor tutela por igual los derechos de los ciudadanos, bajo la premisa de que la misma es de orden público, especial en la materia y de aplicación imperativa.
Por su parte, el Defensor del Pueblo, recordó que la Institución que preside tiene plena competencia para investigar y emitir resoluciones fundadas respecto de reclamos que promuevan los ciudadanos de la Provincia de Jujuy, por cuestiones relativas a la falta o deficiente prestación de un servicio o bien ofrecido.

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