El defensor del Pueblo solicito a la justicia federal que adopte medidas para liberar el transito sobre la ruta 81

El defensor del Pueblo solicito a la justicia federal que adopte medidas para liberar el transito sobre la ruta 81
La Defensoría del Pueblo de la Provincia informó que se encuentra realizando una serie de gestiones en nombre y representación de miles de habitantes formoseños que residen en distintas localidades ubicadas sobre la traza de la ruta nacional Nº 81.
Desde el organismo se expuso que ?se trata de una conducta tipificada en el artículo 194 del C.P.N y que trae aparejada una serie de consecuencias negativas graves, entre ellas la privación de todo tipo de insumos necesarios para las distintas actividades socioeconómicas, cotidianas, sanitarias y lo que es peor aún, de elementos vitales como lo es el agua potable que se transporta por camiones del servicio del SPAP- recursos indispensables para que subsistan los vecinos de localidades como Ibarreta cuyas autoridades han expresado su gran preocupación ante estas conductas ilegales?.

El Defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, peticiono al Fiscal Penal Federal en turno, que impulse y adopte, en el menor tiempo material posible, todas las medidas que garanticen el libre ejercicio de transito por toda la Ruta Nacional Nº 81, y en consecuencia le requirió que en ejercicio de las facultades que le otorga el Art. Nº 120 del C.P.P.N, peticione a los Señores Ministros del Interior y Transporte, C.P Aníbal Florencio Randazzo, de Defensa, Señor Agustín Rossi y al Señor Ministro de Justicia y Derechos Humanos de Nación, Señor Julio Cesar Alak, ?destinen los elementos humanos y materiales necesarios para hacer cumplir la orden dada por la Jueza Federal Subrogante en la Ciudad de Formosa, Dra. Zunilda Niremperger?, y de esta manera las fuerzas de Gendarmería Nacional puedan restablecer la circulación vehicular en la Ruta 81, todo en consideración ?a hacer cumplir la orden emanada de S.S, habida cuenta que , mediante la comisión de un delito federal como lo es el corte de una ruta nacional, infringiendo el postulado del Art.Nº 22 de la Constitución Nacional, se están lesionando de manera irreparable derechos establecidos en nuestra Carta Magna, Art. Nº 14 y Nº 14 bis como lo son el libre tránsito, la libertad de comercio, de trabajo, de enseñar, de aprender de ejercer industria licita, entre tantas otras que se ven coartadas por quienes impiden la circulación actualmente sobre la Ruta Nacional Nº 81?.

Por último el Ombudsman Provincial, peticiono la liberación total de la Ruta Nacional Nº 81 a la altura de Bartolomé de las Casa y Las Lomitas y en cualquier punto de la ruta citada que pudiera encontrarse interrumpida al momento de la ejecución de la orden judicial, sin perjuicio de cualquier otra medida que el Señor Fiscal Federal considere conveniente.

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