La defensa pidió absolución de Cabeza por insuficiencia probatoria y apeló al principio de la duda

La defensa pidió absolución de Cabeza por insuficiencia probatoria y apeló al principio de la duda

Hoy Alfredo Rendina dijo que no existen “pelos, sangre, semen u otro rastro de Cabeza en el cuerpo de Tatiana o viceversa”. Remarcó que no se comprobó el abuso sexual, tampoco el móvil del asesinato, ni con qué la mataron. Sumó un dato clave y puso en tela de juicio la prueba de sangre y saliva hallada en el remis secuestrado. 

 

El abogado defensor inició sus alegatos afirmando que no ha habido, en todo el proceso, ni un elemento de prueba que vincule al imputado y lo incrimine. Ni mucho menos una admisión por parte de este último de haber actuado según los hechos en los cuales se lo incrimina.

Y se fundamentó en las declaraciones de la perito forense, Gabriela Lamparelli, para aclarar que en el momento del hallazgo, el cuerpo “no presentaba lesiones visibles ni manchas de sangre, semen o vómito. Tampoco había marcas para determinar la causa de muerte, ni en el cadáver, ni en el lugar como ser una soga, cinturón u otras cosas”.

A lo que sumó que cuando detuvieron a su defendido, ese 20 de octubre, le secuestraron la ropa que tenía puesta y también prendas suyas de la vivienda de Jorge Rosa y de dónde en ese entonces vivía el imputado. Y que en ninguno de estos elementos se encontró pruebas genéticas de Tatiana.

Sobre la prueba de cargo, con ADN de Tatiana encontrada en el auto secuestrado, Rendina fue contundente y remarcó la existencia de “muchas irregularidades” en las pericias realizadas en el mismo y la falta de custodia del vehículo secuestrado. Recordó el testimonio del integrante del Gabinete Científico del Poder Judicial, José Américo Porciel dónde había afirmado que ese 20 de octubre por la noche, el auto fue llevado para su resguardo al INCIF. Lo desmintió y con planillas de ingreso y salida de Investigaciones develó que el vehículo se trasladó a pericial recién el lunes 22. Pero además sumó un detalle fundamental: “luego de la pericia el auto fue traído nuevamente y dejado frente al Departamento de Investigaciones, sin precintado, ni seguridad y estuvo ahí el 23 de octubre cuando fue hallado el cuerpo de la víctima”.

Con este detalle contradijo el argumento de la Fiscalía de Cámara sobre la imposibilidad de plantar esta prueba. Y solicitó al Tribunal la nulidad de la misma por “violentar el debido proceso y violar el derecho de defensa del defendido”. 

Siguió con la comparación basada en los informes oficiales y citó al perito forense Osvaldo Mambrin y aclaró que la defensa no comparte con éste último su declaración de que “con un hematoma en el aparato genital se puede comprobar que hubo abuso sexual”. Y se fundamentó en el informe del patólogo Eduardo Schelover dónde no coincide con el profesional anterior y “afirma que en una revisión microscópica, la inflamación que presentaba la víctima en sus órganos sexuales internos no se puede determinar si es por un abuso sexual o por el estado de putrefacción de los mismos”.

Aseguró que no en la autopsia sólo se encontró “la causa de muerte por sofocación y una inflamación en la bulba de la joven”, y aclaró que esto es fundamental porque “si se habla de abuso sexual violento deberían haber más señales de agresión y no las hay”.

Y recordó además que uno de los forenses aclaró que “no hay signos de defensa a ataques por parte de la víctima ni en manos, ni ropa”. Y Volvió a citar a Schelover para aclarar que “no se comprobó la penetración, ni desgarros en las partes íntimas de la joven”. 

Fue tajante al resaltar que al no haber elemento homicida, tampoco sería adecuado hablar de homicidio “criminis causa”. “Porque no esta acreditado el otro delito que se presupuso en un primer momento que era el abuso sexual con acceso carnal”, marcó.

No compartió con las partes la existencia de “criminis causa”, dijo que se puede tratar de un homicidio simple y pidió al Tribunal demostrar “cual fue el delito que se quiso tapar con el asesinato y así lograr esta caratula”.

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