Entre otras medidas, la Central anunció “quite de colaboración, reunión informativa y movilización”. Lo resolvieron por haber sido superados “holgadamente los plazos establecidos por ley y teniendo en cuenta el carácter alimentario del SAC”.
El texto elevado desde la central a las autoridades señala que “en virtud de no haberse cumplido con lo dispuesto por la Ley 23.041, su decreto reglamentario N°1078/84 que en su parte pertinente dice: Sueldo Anual Complementario Ley N° 23041, nomina para su liquidación en la actividad privada, Administración Pública Central y Descentralizada, Empresas del Estado, Empresas Mixtas y Empresas de Propiedad del Estado. Sancionada: Diciembre 22 de 1983. Promulgada enero 2 de 1984.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en el congreso, etc., sanciona con fuerza de ley articulo N° 1 – El sueldo Anual Complementario de la actividad Privada, Administración Pública central y descentralizada, Empresas del Estado, Empresas Mixtas y Empresas de propiedad del Estado, será pagado sobre el cálculo del 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de lo semestres que culminan en los meses de junio y diciembre de cada año.
Habiéndose superado holgadamente con los plazos establecidos por ley y teniendo en cuenta el carácter alimentario del SAC es que vengo a solicitar se de inmediato cumplimiento con el pago del mismo. Por este motivo la Central de Trabajadores de la Argentina, se encuentra en Estado de Alerta, quite de colaboración, reunión informativa y Movilización, a partir de 10 de de julio del corriente año, en todo el ámbito de la provincia.
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